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Publican reforma a LOPJF en materia de fideicomisos

En la edición vespertina del DOF de este viernes, se publicó una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) en materia de fideicomisos, cuya discusión ha sido objeto de múltiples críticas por diversos sectores.

Al respecto, el decreto establece la adición de un segundo párrafo al artículo 224 de la LOPJF, el cual con la modificación detalla lo siguiente:

Artículo 224.

El Poder Judicial de la Federación se auxiliará para el mejor desempeño de sus funciones de un fondo económico para el mejoramiento de la administración de justicia y administrar los recursos financieros que integren el mismo.

En el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al mencionado anteriormente.

(Énfasis añadido.)

Con este cambio, se eliminan 13 de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF), los cuales se enumeran a continuación:

En ese sentido, se establece que los recursos remanentes deberán enterarse a las unidades administrativas con funciones de tesorería en los órganos que conforman al PJF, las que a su vez, deberán enterar la totalidad de dichos recursos a la Tesorería de la Federación al término de 120 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto.

Estos recursos deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo. Cabe agregar que el PJF deberá realizar un informe sobre cada instrumento extinto.

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Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts