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SCJN: Falta de explicación sobre procedimiento abreviado vulnera derecho a la defensa adecuada

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la omisión de explicar a una persona imputada los alcances del procedimiento penal abreviado y su derecho a apelar la sentencia dictada.

El criterio se originó en un asunto en el que una mujer fue encontrada en su domicilio junto con sus hijos, todos con signos de intoxicación por gas, motivo por el cual se inició un procedimiento en su contra por el delito de tentativa de homicidio agravado, El Ministerio Público ejerció acción penal y propuso la apertura del procedimiento abreviado, que culminó con la imposición de una pena de 20 años de prisión.

La defensa interpuso un recurso de apelación, el cual fue desechado por extemporáneo. Posteriormente se promovió un juicio de amparo, el cual fue atraído por la SCJN.

Al respecto, la Sala sostuvo que el precepto del Código de Procedimientos Penales de Chihuahua que regula el recurso de apelación es constitucional, sin embargo, al analizar el contexto destacó que al aplicar este precepto se vulnerarían los derechos de la imputada a la doble instancia en materia penal y el derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad.

Además de lo anterior, la Corte determinó que la defensa que asistió a la parte no cumplió con los estándares mínimos de diligencia, al no informarle adecuadamente sobre:

  • El desarrollo del procedimiento penal.
  • Las consecuencias de acogerse al procedimiento abreviado.
  • Su derecho a recurrir la sentencia condenatoria dictada en su contra, las consecuencias de no hacerlo, así como las condiciones para ejercerlo.

La Corte estableció que, el derecho a una defensa adecuada no se agota en la mera presencia de un abogado, sino que exige una asesoría técnica efectiva y comprensible, especialmente en contextos de vulnerabilidad.

El estándar mínimo de diligencia implica que el defensor debe garantizar que la persona imputada comprenda y consienta de forma informada las decisiones procesales que afectan su causa.

El fallo también recalca la obligación de juzgar con perspectiva de género y considerar las condiciones particulares de la persona imputada, como su situación económica, escolaridad y antecedentes de violencia.

Por lo anterior, la SCJN de manera excepcional determinó que no era factible aplicar el precepto impugnado, por lo que debía admitirse el recurso de apelación interpuesto por la mujer inculpada, por lo cual ordenó reponer el procedimiento.

Finalmente, la Corte estableció que cuando se haga valer en las apelaciones que la pena impuesta es contraria a la ley por ser desproporcionada, el tribunal debe verificar si la individualización de esta consideró situaciones de asimetría que, por razones de género, evidencien un desequilibrio entre las partes involucradas.

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Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts