Inconstitucional, prisión preventiva oficiosa por delitos fiscales: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019, determinó declarar la invalidez de diversos artículos de la Ley de Seguridad Nacional (LSN) y del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), los cuales establecían que los delitos de contrabando, defraudación fiscal y los relacionados con los comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes significaban una amenaza a la seguridad nacional y que ameritaban prisión preventiva oficiosa.
El proyecto presentado por el ministro José Fernando Franco González Salas, proponía declarar la validez de la reforma de los artículos 5, fracción XIII de la LSN y 167, párrafo séptimo, fracciones I, II y III del CNPP, sin embargo, la mayoría de los integrantes de la SCJN estuvieron en contra de este por diversos motivos.
Algunos ministros consideraron que dichos delitos a pesar de su importancia no significan una amenaza a la seguridad nacional, además señalaron que el legislador no puede ampliar el catálogo de hechos que ameritan prisión preventiva oficiosa, ya que este debe ser limitado y estricto.
Por otro lado, algunos ministros consideraron que estos artículos eran inconvencionales, pues como en múltiples ocasiones lo ha expresado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la prisión preventiva oficiosa debe ser excepcional, ya que restringe el derecho humano a la libertad personal y al principio de presunción de inocencia.
En ese sentido, diversos instrumentos internacionales, así como distintos organismos han resaltado que la prisión preventiva oficiosa debe usarse de manera muy limitada, ser proporcional, necesaria y no determinarse únicamente por el tipo de delitos o por la gravedad de estos.
Finalmente, no hay que perder de vista que el problema no radica en la figura per se, sino en el uso excesivo que se le da a esta medida cautelar, la cual pareciera ser una salida “fácil” en nuestro sistema de justicia penal al privar de la libertad antes de investigar, generando así afectaciones a los derechos humanos, sobre todo los de las personas más vulnerables.
Fuente: Sesión del Pleno de la SCJN de 25 de octubre de 2021
