Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil ¿Protección o vulneración?
Recientemente fue aprobada en la Cámara de Senadores la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la cual tiene como objetivo la creación del denominado Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM), el cual, sin duda alguna, merece un análisis y debate profundo.
ANTECEDENTES
Esta herramienta no es la primera vez que se intenta implementar en México. Recordemos que en 2009 ya se había establecido un mecanismo similar mediante el cual se registraban todas las “tarjetas SIM” en el llamado Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT), mismo que desapareció en 2011, tras una serie de escándalos, así como problemas técnicos y legales, además de no haber cumplido con su objetivo.
Ahora bien, la causa principal que motivó esta iniciativa en la actualidad es la de contar con mecanismos y herramientas para reducir la incidencia en delitos como el secuestro o la extorsión, en los cuales juega un papel fundamental para la comisión de estos ilícitos, la telefonía móvil.
LA INICIATIVA
Al respecto, cabe destacar que esa propuesta de reforma buscará que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se encargue de la operación y mantenimiento del PNUTM, además de colaborar con las autoridades de seguridad pública cuando se cometan delitos por parte de usuarios de la telefonía móvil.
Para lo anterior, se busca que mediante la creación del PNUTM se realice el registro y, con ello obtener datos personales de los usuarios de todas las líneas telefónicas móviles desde su adquisición, estando la supervisión a cargo de los concesionarios mediante un “sistema informático”.
Los datos con los que contaría ese padrón serían los siguientes: (i) Número de la línea telefónica; (ii) número de tarjeta SIM; (iii) fecha y hora de activación; (iv) nombre completo o bien la razón social; (v) número de la identificación oficial; (vi) Clave Única de Registro de Población (CURP); (vii) domicilio; (viii) datos biométricos del usuario y del representante legal, en su caso; (ix) nacionalidad, y (x) datos del concesionario.
LO PREOCUPANTE
La iniciativa tiene muchos riesgos importantes, entre ellos destaca el referente a la recolección de datos biométricos, los cuales como bien lo ha expresado el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) son:
…universales, ya que son datos con los que contamos todas las personas; únicos, ya que no existen dos biométricos con las mismas características; permanentes, ya que generalmente se mantienen a lo largo del tiempo; y medibles de forma cuantitativa.
Como se puede observar, este tipo de datos personales son sumamente delicados, debido a que representan una parte esencial de cada persona, por lo que el cuidado y tratamiento de estos, por parte de terceros debe ser sumamente específico.
Otros riesgos que podría traer consigo el padrón son los siguientes:
- Vulneración a la privacidad y seguridad, en especial con la recolección de datos biométricos.
- El padrón podría ser blanco de vulneraciones, filtraciones, o bien, se podría hacer mal uso de los datos, como se ha dado en diversas ocasiones en nuestro país.
- Con esta medida no se reducirá la criminalidad, en virtud de que nada impedirá a las personas que cometan un delito, conseguir un dispositivo de manera ilegal, o bien usen tarjetas SIM de otros países.
- Se vulnera el principio de presunción de inocencia, pues la iniciativa contempla que: …salvo prueba de lo contrario, los actos jurídicos realizados desde una línea telefónica corresponden a la persona registrada.
- El recabar y manejo de datos sensibles por parte de los concesionarios implica que estos cuenten con procedimientos del más alto nivel, una gran capacitación, así como una evaluación previa de los riesgos, lo cual implicaría una planificación a conciencia de todos estos elementos. Y es que poner este mecanismo en marcha sin esos elementos, aumenta el riesgo de un mal manejo y, en consecuencia, violaciones graves a los Derechos Humanos.
- La reforma implicaría una práctica contraria al modelo democrático, y a las recomendaciones emitidas por diversos organismos internacionales, debido a que, sin duda, representa un acto autoritario la identificación por datos biométricos al adquirir una tarjeta SIM.
- La implementación del mencionado padrón representaría un gasto sumamente importante e innecesario, el cual se podría canalizar a otras áreas de atención prioritaria en este momento en el país.
CONCLUSIÓN
Esta iniciativa es un peligro latente que además de no beneficiar al combate del secuestro y la extorsión, podría afectar de manera total e irreversible a cualquier persona que cuente con un teléfono móvil, pues sus datos más sensibles podrían ser usados de mala forma, teniendo consecuencias fatales como lo es la divulgación de ellos, o bien ser incluso víctima de una gran variedad de delitos, como suplantación de la identidad o extorsión.
Si se quiere prevenir la incidencia en los delitos de secuestro y extorsión, así como ayudar al combate de estos, se deben buscar alternativas más sensatas y eficaces, las cuales ofrezcan soluciones viables y protejan a la ciudadanía, en lugar de vulnerar los Derechos Fundamentales.
