Publican reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional y pueblos indígenas
En la edición vespertina del DOF de 30 de septiembre, fueron publicadas dos reformas constitucionales que modifican diversas disposiciones en materia de Guardia Nacional y pueblos indígenas y afromexicanos.
Guardia Nacional
La reforma reconoce a la Guardia Nacional (GN) como una fuerza de seguridad pública de carácter permanente, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) e integrada por personal militar con formación policial.
Entre los aspectos más relevantes se destacan los siguientes:
- Se faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan los límites de participación de las corporaciones militares en materia de seguridad interior y seguridad pública.
- El Senado ratificará los nombramientos realizados por el Ejecutivo Federal de los jefes superiores de la Guardia Nacional.
- Habrá comandancias militares de carácter permanente en tiempos de paz.
- Se establece un plazo de 180 días para que el legislativo armonice la legislación secundaria.
- Se detalla que el personal militar y naval que integra la Guardia Nacional, será reclasificado de la fuerza armada a la que pertenezca a dicha institución.
- El personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional y quede adscrito a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.
Pueblos indígenas y afromexicanos
La reforma reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, y entre otras cuestiones, se destaca el establecimiento de obligaciones de las autoridades sobre los siguientes puntos:
- Preservar y proteger el patrimonio cultural, material e inmaterial y se reconoce la propiedad intelectual colectiva.
- Consultar a los pueblos indígenas sobre las medidas legislativas o administrativas cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas.
- Garantizar la participación efectiva de las mujeres indígenas, en condiciones de igualdad, en los procesos de desarrollo integral, su acceso a la educación, así como a la propiedad y su participación en la toma de decisiones de carácter público.
- Establecer a nivel local asignaciones presupuestales para los pueblos y comunidades indígenas, las cuales serán administradas directamente por estos.
Ambas reformas entraron en vigor el 1 de octubre, mismas que fueron parte del paquete de iniciativas presentadas en el mes de febrero de 2024.
Si desea conocer más acerca de estas modificaciones constitucionales, visite su plataforma Checkpoint.
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