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Reforma constitucional en materia de cigarrillos electrónicos

Este 17 de enero se publicó en el DOF, una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en materia de protección a la salud.

El decreto modifica los artículos 4 y 5 de la CPEUM para establecer que se sancionará:

  • Toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos.
  • Producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.

Adicionalmente, se estableció de manera expresa que queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra relacionada con las actividades anteriores.

El Congreso de la Unión tendrá 180 días para la adecuación del marco jurídico, mientras que las legislaturas locales contarán con 365 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto.

Cabe señalar, que esta reforma formó parte de las iniciativas presentadas en el sexenio anterior, entre las cuales ya han sido incorporadas al texto constitucional aquellas en materia de bienestar, Poder Judicial, igualdad, vivienda, protección y cuidado animal, simplificación orgánica, prisión preventiva oficiosa, entre otras.

Si desea conocer a detalle estas reformas constitucionales, visite su plataforma Checkpoint.

 

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Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts