El futuro de la portabilidad de datos en México
La necesidad de proteger los datos personales se hace cada vez más visible en la era digital, contar con mayores herramientas para lograr este objetivo y adecuar el marco normativo, es vital.
La portabilidad puede entenderse como el derecho de una persona a requerir los datos que compartió con una organización o entidad gubernamental en un formato estructurado, de uso común, de lectura mecánica y transmitir esta información de manera directa a otra entidad sin necesidad de entregarlos al usuario.
Este derecho se encuentra relacionado de manera estrecha con el de accesibilidad, el cual forma parte de los llamados ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) .
Esta herramienta tiene ya un sólido camino recorrido en Europa y se encuentra prevista en el artículo 20 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD); en nuestro país ha sido muy poco utilizada y desarrollada, a nivel nacional la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) en su artículo 57, establece que se podrá ejercer este derecho al cumplirse los requisitos siguientes:
- El tratamiento se realice por vía electrónica.
- Se base en el consentimiento o en un contrato.
- El titular de los datos sea quien solicite transmitir dicha información, la cual se compartirá en un formato estructurado a otro ente.
Al respecto, puede señalarse que la portabilidad en el sector público facilita la entrega de información entre dependencias de manera directa y significa una reducción de tiempos en diversos procesos.
Ahora bien, este derecho no se encuentra previsto de manera expresa en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), sin embargo actualmente se puede ejercer en algunos sectores como el de telecomunicaciones.
A nivel local, mediante una reforma al artículo 7, apartado E, numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México (CPCDMX) publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (GOCDMX) el 2 de junio pasado, fue introducido expresamente este derecho, lo cual supone un avance en materia de protección de datos en la capital.
Riesgos y beneficios
El poder ejercer la portabilidad tiene grandes beneficios pero también riesgos, entre ellos:
BENEFICIOS |
RIESGOS |
Transmisión de datos entre diversas entidades de manera ágil y sin intervención de terceros. | La legislación a nivel nacional no se encuentra desarrollada y actualizada a las necesidades actuales. |
Realización de trámites de manera más fácil. | Su incorporación trae consigo nuevos riesgos de ataques cibernéticos al transmitir la información. |
Promueve flujo de datos personales, con lo cual podría dar paso a un mayor número de plataformas de servicios digitales.
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Vulnerabilidad de los actuales mecanismos de identificación y autenticación de los usuarios, los cuales podrían ser blancos de ataques para obtener información. |
Finalmente, no podemos negar que en la actualidad es necesario la inclusión y el desarrollo de este derecho en la normativa de nuestro país, y si bien existirán grandes retos jurídicos y operativos, es necesario que las organizaciones se encuentren preparadas para estos cambios en nuestro país.
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