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Decreto presidencial prohíbe cigarrillos electrónicos

En la edición vespertina del DOF de fecha 31 de mayo, el Ejecutivo Federal publicó un decreto por el que se prohíbe la distribución y venta de cigarrillos electrónicos y vapeadores, medida prohibicionista que desde octubre pasado se implementó en cuanto a su importación y exportación.

En ese sentido, el decreto aludido refiere que tal medida ha resultado insuficiente ya que actualmente circulan libremente dichos productos, lo que impide que las autoridades del Estado garanticen a sus habitantes el derecho a la salud consagrado en el artículo 4 de la Constitución Federal.

Además, señala que el acuerdo no es contrario a la libertad de comercio reconocida en el artículo 5, pues la autoridad tiene la facultad de poder restringirla cuando se ofendan los derechos de la sociedad, pues en este caso se trasgrede el derecho a la salud en su dimensión social con la comercialización de esas mercancías novedosas y emergentes que inducen a riesgos y daños graves para la salud.

Cabe señalar que, dicho decreto ha sido tildado de inconstitucional, pues viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad, incluso la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció respecto a la prohibición, ya que resulta contraria a libertad de comercio, que si bien persiguen un fin válido (como es proteger el derecho humano a la salud) existen medidas menos lesivas, tales como campañas educativas, información sobre los efectos nocivos y restricciones para la venta a menores de edad.

En tanto, el multicitado decreto entró en vigor desde el día de su publicación en el DOF, es decir a partir del 31 de mayo, por lo que se espera se interpongan diversos juicios de amparo por trasgredir los derechos de comercio y de libre desarrollo de la personalidad.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts