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El derecho a la buena administración en tiempos de pandemia

La crisis sanitaria en la que nos encontramos ha traído consigo varios retos, uno de ellos se presenta en la forma en la que se desempeña la administración pública, elemento fundamental en cualquier Estado.

El derecho a la buena administración es un tema de gran importancia, más en la actualidad, por ello antes de adentrarnos en el tema resulta pertinente establecer a qué nos referimos cuando hablamos de este asunto.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su artículo 41, dispone que: …Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.

Por su parte, la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano, en relación con la Administración Pública, en su preámbulo establece los siguiente: …La buena Administración Pública es, pues, una obligación inherente a los Poderes Públicos en cuya virtud el quehacer público debe promover los Derechos Fundamentales de las personas fomentando la dignidad humana de forma que las actuaciones administrativas armonicen criterios de objetividad, imparcialidad, justicia y equidad, y sean prestadas en plazo razonable.

Por lo que respecta a nuestro sistema jurídico mexicano, debe decirse que en nuestra Constitución Federal no existe un artículo que exprese de manera específica qué debemos entender por derecho a la buena administración; sin embargo, y como se verá en los párrafos siguientes, este se compone de varias garantías o derechos consagrados en nuestra Carta Magna.

La Constitución Política de la Ciudad de México (CPCDMX) en su artículo 7, Apartado A, consagra el derecho a la administración, de esta manera:1. Toda persona tiene derecho a una buena administración pública, de carácter receptivo, eficaz y eficiente, así como a recibir los servicios públicos de conformidad con los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

Ahora bien, este derecho tiene como objetivo que el quehacer público centre todos sus esfuerzos por respetar y dotar de garantías mínimas y esenciales a las personas, quienes deben ser en todo momento el eje central de las acciones que se realizan.

Como ya se mencionó, este derecho está compuesto por diversas garantías, entre las cuales podemos destacar: (i) audiencia previa, (ii) acceso al expediente y registros (acceso a la información), (iii) motivación de las resoluciones administrativas, (iv) obtención de una resolución en un plazo razonable, (v)  derecho a que las autoridades se conduzcan bajo los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad e imparcialidad, (vi) respeto a formalidades esenciales del procedimiento y (vii) protección de datos personales.

En este sentido, y ante la contingencia sanitaria originada por el coronavirus disease (Covid-19), este derecho adquirió un nuevo rostro, y es que la forma en que la administración pública realiza sus tareas ha cambiado significativamente, lo cual ha ocasionado diversas afectaciones.

Esta situación ha evidenciado problemas que se han presentado desde hace un largo tiempo, y es que la falta de insumos médicos, de transparencia en compras públicas y en temas propios de la pandemia, aunado a la paralización, retraso y aumento en los tiempos de resolución de trámites y procedimientos administrativos, resulta alarmante.

Si bien es cierto que antes de la crisis sanitaria se habían dado pasos hacia la incorporación de herramientas tecnológicas para un mejor desempeño y despacho de los asuntos públicos, también lo es que ante este problema fue necesario apresurar la transición digital. Esta transformación ha tenido diversos aciertos; sin embargo, también evidenció el abandono que por varios años han tenido los diversos sectores esenciales y vitales para el adecuado funcionamiento del país, tanto a nivel nacional como estatal y municipal.

Es momento de adaptarnos a las nuevas tecnologías y de utilizarlas a nuestro favor, la administración pública necesita tomar mayor consciencia de este derecho a fin de ofrecer servicios de calidad, sin olvidar que es la ciudadanía y su bienestar el eje primordial de su actuar.

Paralelo a lo anterior, es necesario desarrollar acciones que acerquen y doten de la infraestructura necesaria a las personas que actualmente no tienen acceso a estas herramientas, quienes, sin duda, fueron las más afectadas ante esta paralización, pues de nada sirve tener un derecho si en la realidad es difícil o imposible ejercerlo; esos sesgos generan una sociedad fracturada, evitan una adecuada participación pública y afectan a todo el Estado.

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Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts