Fiscal

Actualizan cuotas de IESPYS para 2025

Este 27 de diciembre se publicó en el DOF, un acuerdo emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en el cual se actualizan diversas cuotas en materia del impuesto especial sobre producción y servicios (IESPYS), las cuales serán aplicables a partir del 2025.

¿Cuáles son los cambios?

Entre las modificaciones más importantes se encuentran las siguientes:

El factor de actualización aplicable a partir de 2025 a las cuotas establecidas en los artículos 2, fracción I, incisos C), segundo párrafo; D), G), segundo párrafo y H), y 2-A, fracciones I, II y III de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIESPYS) será de 1.0454.

Tabaco

La cuota aplicable a tabacos labrados a que se refiere el artículo 2, fracción I, inciso C), segundo párrafo de la LIESPYS es de $0.6445 por cigarro.

Bebidas saborizadas

Para las bebidas saborizadas a que se refiere el artículo 2, fracción I, inciso G), segundo párrafo de la LIESPYS, la cuota es de $1.6451 por litro.

Combustibles automotrices

Cuotas aplicables a combustibles automotrices a que se refiere el artículo 2, fracción I, inciso D) de la LIESPYS:

Combustibles fósiles

Cuota

Unidad de Medida

Gasolina menor a 91 octanos 6.4555 pesos por litro

 

Gasolina mayor o igual a 91 octanos 5.4513 pesos por litro

 

Diésel 7.0946 pesos por litro

 

 

 

Cuota

Unidad de Medida

Combustibles no fósiles 5.4513 pesos por litro

 

 

Combustibles fósiles

Cuotas aplicables a los combustibles fósiles a que se refiere el artículo 2, fracción I, inciso H) de la LIESPYS:

Combustibles fósiles Cuota Unidad de medida
1. Propano 9.7551 centavos por litro
2. Butano 12.6241 centavos por litro
3. Gasolinas y gasavión  17.1107 centavos por litro
4. Turbosina y otros kerosenos 20.4363 centavos por litro
5. Diésel 20.7623 centavos por litro
6. Combustóleo  22.1578 centavos por litro
7. Coque de petróleo  25.7183 pesos por tonelada
8. Coque de carbón  60.2921 pesos por tonelada
9. Carbón mineral 45.3984 pesos por tonelada
10. Otros combustibles fósiles  65.6262 pesos por tonelada de carbono que contenga el combustible
Gasolinas y diésel

Cuotas aplicables a las gasolinas y el diésel previstas en el artículo 2-A, fracciones I, II y III de la LIESPYS:

Combustibles

Cuota

Unidad de Medida

Gasolina menor a 91 octanos 56.9795 centavos por litro
Gasolina mayor o igual a 91 octanos 69.5255 centavos por litro
Diésel 47.2895 centavos por litro

Estas cuotas serán aplicables a partir del 1 de enero de 2025. 

Si desea mantenerse al tanto de las últimas modificaciones en materia fiscal, visite su plataforma Checkpoint.

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Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts