Legal

Declaran inconstitucional porción normativa de la Constitución de Nuevo León

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de una porción normativa del artículo 203, segundo párrafo, de la Constitución del Estado Libre Soberano de Nuevo León (CPENL) relacionada con el juicio político.

Esta decisión tiene su origen en la controversia constitucional 31/2023, promovida por el Poder Ejecutivo de esa entidad en contra del Poder Legislativo local, en donde, entre otras cuestiones, solicitó la inconstitucionalidad de la Ley de Juicio Político de Nuevo León y el numeral antes mencionado de la CPENL.

El artículo 203 establecía lo siguiente:

Las sanciones del Juicio Político consistirán en la destitución del servidor público y, en su caso, la inhabilitación temporal para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este artículo, el Congreso del Estado declarará por no menos de dos terceras partes de los miembros que lo forman y previa audiencia del acusado si ha lugar a procedimiento ulterior. En caso afirmativo, el acusado queda por ese solo hecho separada de su cargo y será puesta a disposición del Tribunal Superior de Justicia, que reunido en Pleno y erigido en Jurado de sentencia, procederá a aplicar, por la mayoría absoluta de votos, la sanción que en el caso a discusión proceda, una vez desahogadas las diligencias correspondientes.

(Énfasis añadido).

Al respecto, la SCJN consideró que determinar la separación del cargo implica una sanción, la cual es una facultad que le pertenece solamente al Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León al erigirse como un jurado de sentencia en el juicio político.

Finalmente, el Pleno consideró infundado el concepto de invalidez en donde se planteaba la inconstitucionalidad de la Ley de Juicio Político de Nuevo León por no ser refrendada por el titular de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado. Lo anterior, debido a que no es un requisito previsto por la legislación local.

Si desea conocer más acerca de estos criterios, visite nuestra tienda en línea, donde podrá adquirir su acceso a la plataforma Checkpoint.

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Leslie Barrera
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts