SCJN invalida acuerdo presidencial referente a obras prioritarias

Tras haber impugnado el “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México, considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacionalpor el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo invalidó en razón de lo siguiente:

  • Se amplía el supuesto de reserva de información mediante un acto administrativo, y no por ley, lo que contraviene a la Constitución Federal.
  • Se afecta la facultad del INAI de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, con lo que se restringe el derecho de acceso a la información.

Asimismo, determinó que la ambigüedad de tal acuerdo permite que toda la información relativa a la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno Federal de diversos sectores al ser considerados de interés público y seguridad nacional puedan declararse como información reservada, lo que implica ampliar mediante un acto administrativo el supuesto de reserva previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En cuanto a la autorización provisional que se le otorgaban a las dependencias y entidades para iniciar los proyectos, la Corte consideró que tales disposiciones creaban un régimen de autorizaciones administrativas excepcionales al previsto para la Administración Pública Federal, por tanto, dificultaba el cumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte de las autoridades, restringía la facultad del INAI para garantizar estas y creaba mecanismos ineficaces para garantizar el control ciudadano del actuar público.

En tanto, en la edición vespertina del DOF de fecha 18 de mayo se publicó un nuevo Decreto por el que se clasifican el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como los aeropuertos internacionales de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo como obras de seguridad nacional y de interés público, no obstante, que la SCJN haya declarado que tal clasificación vulnera el derecho de acceso a la información.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts