Comercio Exterior

Actualizan mercancías sujetas al cumplimiento de NOM en importaciones

En la edición del Diario Oficial de la Federación del 28 de septiembre, la Secretaría de Economía publicó el Acuerdo que modifica el diverso por el que se emiten reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior y mediante el cual se actualiza el Anexo 2.4.1, conocido como Anexo de NOM para incorporar y modificar las mercancías sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas en el punto de entrada al país.

La actualización incluye mercancías reguladas por la NOM-012-CONAGUA-2021, aplicable a grifería, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable, y por la NOM-033-ENER-2019, relativa a la eficiencia energética de determinados motores eléctricos de corriente alterna.

Asimismo, se incorporan fracciones arancelarias relacionadas con terminales móviles y dispositivos de telecomunicaciones sujetos a la NOM-221-SCFI-2017 y la NOM-221/2-SCFI-2018, entre los que se encuentran los teléfonos inteligentes, otros móviles y determinados equipos destinados a la recepción, conversión, emisión o transmisión de datos.

Con estas modificaciones se busca reducir vacíos regulatorios y asegurar que los productos comprendidos en el campo de aplicación de estas NOM acrediten su cumplimiento al ingresar al país.

En este contexto, los importadores cuyas mercancías se clasifiquen en las fracciones incorporadas deberán verificar si sus productos están comprendidos en el campo de aplicación de las NOM señaladas. De ser así, deberán acreditar su cumplimiento en el punto de entrada al territorio nacional, conforme a las acotaciones específicas previstas en el Anexo 2.4.1. para cada una de ellas.

El Acuerdo entrará en vigor el 29 de septiembre de 2026. No obstante, las disposiciones relacionadas con la NOM-221-SCFI-2017 y la NOM-221/2-SCFI-2018 serán exigibles a partir de los 30 días hábiles siguientes a su publicación en el DOF.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts