Comercio Exterior

Julio: cumplimiento del aviso de transportistas para la certificación OEA

Las compañías que cuentan con registro como Operador Económico Autorizado (OEA) deben cumplir diversos requisitos para conservarlo dentro del Esquema de Certificación de Empresas. Entre estos, se encuentra la obligación de informar a la autoridad aduanera cualquier modificación relacionada con los transportistas autorizados para el traslado de mercancías de comercio exterior.

En este contexto, julio es un mes clave para las compañías con certificación OEA, pues durante este periodo deben reportar las altas y bajas de las empresas transportistas que participaron en operaciones de comercio exterior durante el primer semestre del ejercicio fiscal.

De acuerdo con el numeral 7.2.1, fracción V, de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), aplicable a las empresas certificadas bajo la modalidad de Operador Económico Autorizado, deben informar a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) la adición o revocación de las compañías transportistas autorizadas para efectuar el traslado de mercancías.

A diferencia de otros trámites previstos en la citada regla, el aviso de modificación de transportistas se presenta de manera semestral. Por ello, los cambios efectuados entre enero y junio se informan en julio y los realizados entre julio y diciembre, en enero del año siguiente.

La regla también precisa que el aviso debe presentarse durante el mes siguiente a la conclusión de cada semestre, entendidos estos como los periodos de enero a junio y de julio a diciembre de cada ejercicio fiscal.

¿Qué cambios deben reportarse en julio?

Durante el mes de julio deben notificarse los cambios ocurridos entre enero y junio, entre ellos:

  • La incorporación de nuevas empresas transportistas autorizadas.
  • La baja o revocación de empresas transportistas previamente registradas.

La presentación del aviso debe efectuarse conforme a la ficha de trámite 62/LA, “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”.

Riesgos derivados del incumplimiento

La presentación de los avisos previstos en las RGCE forma parte de las obligaciones necesarias para conservar la certificación OEA. Cuando la autoridad detecte inconsistencias en la información presentada o advierta incumplimientos de los requisitos aplicables, podrá requerir información adicional y, en determinados supuestos, iniciar procedimientos que afecten la permanencia de la certificación.

La regla 7.2.1 también prevé que, si las inconsistencias detectadas por la autoridad no se subsanan dentro del plazo otorgado, el aviso se tendrá por no presentado y podrá iniciarse el procedimiento de cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

El aviso de modificación de transportistas permite a la autoridad verificar que las empresas OEA mantienen actualizada la información relativa a los participantes de su cadena logística. Su presentación oportuna contribuye al cumplimiento de las obligaciones del programa y fortalece los controles de seguridad que lo caracterizan.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts