Publican Ley Federal de Derechos 2024
En la edición del DOF de este 13 de noviembre, se publicó el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos”, mismo que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024, salvo lo siguiente:
- Los ingresos obtenidos del derecho a la prestación del servicio en la expedición de la condición de estancia a las personas visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresan al país con fines turísticos se destinarán al Tren Maya, entró en vigor este 14 de noviembre.
- Se incorpora el pago del derecho de trámite aduanero mediante cuota fija a las operaciones de importación y exportación de mercancías, de conformidad con los tratados internacionales que las excluya del cobro de cargos o derechos sobre el valor de las mismas, tal norma entrará en vigor el 30 de diciembre de 2023.
- Con relación a los límites permisibles previstos para exentar del pago del derecho como cuerpos receptores de la descarga de aguas residuales, este entrará en vigor a partir del 11 de marzo de 2026.
- Incremento del 5% al 9% de la tasa anual aplicable a los ingresos brutos por servicios aeroportuarios, lo que se obtenga por la recaudación de ese derecho se destinarán a las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina para el fortalecimiento del sistema aeroportuario a través de los fideicomisos públicos federales dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto.
Por otra parte, destacan las siguientes modificaciones:
- Se incluye explícitamente el pago por concepto de servicio de recepción, estudio y trámite de cada notificación de concentración, independientemente del acuerdo o resolución que ponga fin al procedimiento, que presta la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
- En servicios educativos, estudiantes que han acreditado un nivel técnico o profesional-técnico que soliciten el registro de su título profesional, así como la expedición de cédula profesional, se otorga la reducción del 70% en la cuota de los derechos previstos en materia de registro y servicio profesional.
- Se modifica el concepto de trasvase como el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales conducidas de una cuenca hidrológica a otra mediante obras de infraestructura hidráulica, con lo cual se suprime el cobro por trasvase cuando se derive de la conexión natural entre cuencas, ajeno a obras de infraestructura hidráulica.
- En materia de telecomunicaciones, se incluye el pago por el uso o aprovechamiento del espectro radioeléctrico de manera temporal dentro de los tres meses siguientes al otorgamiento de la autorización.
- Se exenta de pago por el acceso a sitios y zonas arqueológicas a las personas integrantes de comunidades indígenas residentes de dichos sitios, así como a guías de turistas.
Ahora bien, por lo que respecta a las cantidades actualizadas para el pago de derechos por el uso o aprovechamiento de los bienes púbicos del dominio de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado, tales como la expedición de pasaportes, estas se dan a conocer a través del Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
Por ello, manténgase al día de las principales reformas mediante las publicaciones que encontrará en la plataforma Checkpoint y en los distintos productos que se encuentran disponibles en nuestra tienda online.
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