Presidencia declara obras y proyectos de seguridad nacional
Este 22 de noviembre, la Presidencia de la República publicó en el DOF un acuerdo por el que se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos y aeropuertos que por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.
En este sentido, el citado acuerdo instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar una autorización provisional de permisos o licencias necesarias para el inicio de proyectos y obras aludidas, emitiendo dicha autorización en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud, en caso de que la autoridad no responda dentro de ese término se considerará resuelta en sentido positivo, lo que da lugar a la figura de la afirmativa ficta.
Esa autorización provisional tendrá una vigencia de 12 meses -a partir de la fecha de su emisión-periodo durante el cual y conforme a las disposiciones aplicables, se deberá obtener la autorización definitiva.
Al respecto, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) ha señalado que dicho acuerdo podría generar un régimen regulatorio asimétrico, dando un trato preferencial a quienes realizan proyectos y obras que el Gobierno Federal considere de interés público y seguridad nacional en detrimento de la competencia.
Asimismo, que la interpretación del mismo no debe realizarse como una causal de excepción a la licitación pública prevista en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, esto con la finalidad de que el Estado asegure las mejores condiciones de contratación.
Por otra parte, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) alista una controversia constitucional en contra del acuerdo, toda vez que existe una transgresión al artículo 6 de la Constitución Federal, en razón de que los sujetos obligados que generen información relativa a los proyectos y obras puedan reservársela por seguridad nacional, vulnerando el derecho de acceso a la información.
Si desea conocer más sobre este acuerdo, consulte la plataforma Checkpoint.
