Identificación obligatoria de líneas móviles: implicaciones para usuarios y proveedores
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de 9 de diciembre, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles.
Estas disposiciones definen los procedimientos y requisitos para asociarlas con su titular y son obligatorias para concesionarios y comercializadoras.
Vinculación obligatoria de la línea
- Cada línea debe vincularse al nombre y Clave Única de Registro de Población (CURP) —personas físicas — o al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) —personas morales —, con el fin de acreditar la titularidad.
- Las líneas no vinculadas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia y recibir alertas.
- La obligación aplica a todas las líneas con servicio, salvo aquellas SIM sin capacidad técnica para llamadas, SMS o conexión a Internet.
Límite de líneas por persona
- Personas físicas: hasta diez líneas máximo.
- No aplica para personas morales ni para personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán presentar constancia de situación fiscal.
Procedimiento para la vinculación
Modalidad presencial
- Presentación de identificación oficial en el centro de atención del proveedor.
- Verificación de CURP con el Registro Nacional de Población.
- Registro de datos básicos (nombre, CURP/RFC, número).
- Generación de folio con fecha y hora, tras validación exitosa.
- El proveedor del servicio debe mostrar el Aviso de Privacidad conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Validación de identidad para representantes legales de personas morales
- Documento con razón social y RFC de la persona moral (el RFC será validado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Identificación oficial vigente del representante legal (validación mediante fuentes oficiales).
- Documento que acredite la personalidad como representante legal.
Validación de identidad para personas físicas extranjeras
- Pasaporte vigente, o
- CURP temporal para extranjeros.
En los procesos de portabilidad, una vez concluida, el proveedor receptor de la línea móvil deberá requerir al titular la vinculación correspondiente.
Modalidad remota
- Al insertar la SIM, el proveedor enviará un SMS con la leyenda:
“PARA PODER UTILIZAR TU LÍNEA DEBES VINCULARLA INGRESANDO A: ”.
- El enlace debe seguir el formato: https://www.<NombreOperador>.com/vinculatulinea
- El proveedor debe identificarse como originador del SMS (Sender ID) con su nombre comercial.
- Información adicional puede enviarse por: correo electrónico, mensajería instantánea, aplicaciones específicas y portal web seguro (HTTPS).
La vinculación remota se realizará mediante la Plataforma de Gestión del proveedor, mostrando el aviso de privacidad y los términos y condiciones. Se solicitará identificación oficial vigente, prueba de vida y validación de la CURP. El proceso permitirá hasta tres intentos; si no se logra, se notificará al titular para reiniciar. Una vez validada la identidad y la prueba de vida, se generará un folio con fecha y hora y se habilitarán los servicios. No podrá iniciarse otro proceso hasta concluir el anterior.
Los entes públicos y personas morales solo podrán realizar la vinculación de manera presencial.
Consecuencias de no vincular la línea
- Durante el periodo de gracia, el servicio continuará activo, pero se enviarán recordatorios periódicos.
- Una vez vencido el plazo, la línea será deshabilitada y solo permitirá: recibir mensajes de emergencia, realizar llamadas a números de emergencia (911, 074, 079, 088 y 089) y contactar al centro de atención del proveedor.
- Las líneas deshabilitadas podrán habilitarse nuevamente, siempre que se cumplan los requisitos.
Desvinculación
- Cuando la desvinculación la solicita el usuario, la línea permanece habilitada y vinculada al titular.
- Cuando la desvinculación la solicita el titular, la línea se deshabilita y queda limitada a emergencias.
Procedimiento
- Presencial: mostrar identificación oficial y, en caso de fallecimiento, acta de defunción.
- Remoto: acceso a la plataforma, validación de identidad, prueba de vida y confirmación expresa.
Es importante destacar que la desvinculación no implica la cancelación de obligaciones contractuales.
Consulta de líneas vinculadas
- Disponibilidad de una plataforma de consulta (web o aplicación oficial).
- Acceso mediante CURP o RFC para visualizar las líneas vinculadas (últimos cuatro dígitos de cada línea telefónica móvil y nombre comercial del operador).
- Acceso gratuito, sin consumo de saldo ni datos.
Protección de datos personales
- Solo se conservarán datos mínimos: nombre, CURP/RFC, número, tipo de identificación, resultado de validación y folio.
- Prohibición de almacenar biométricos, fotografías o copias de identificación.
- Prohibición de comercializar o compartir información para fines distintos.
- Obligación de notificar incidentes de seguridad a la autoridad y al titular.
Obligaciones del proveedor
- No realizar cobros por vinculación, desvinculación o consulta.
- Garantizar acceso gratuito y disponibilidad continua a las plataformas.
- Informar requisitos, plazos y resultados de los procesos.
- Brindar asistencia a personas con discapacidad y grupos vulnerables.
Entrada en vigor y plazos
| Acción clave | Fecha | Descripción |
| Publicación en el DOF | 09/12/2025 | Entrada en vigor de los lineamientos |
| Inicio de difusión de información
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10/12/2025 | El operador publica requisitos, modalidades y plazos.
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| Plataforma de gestión
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09/01/2026 | Disponible para vincular y administrar líneas.
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| Plataforma de consulta
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07/02/2026 | Disponible para verificar las líneas vinculadas.
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