Legal

Identificación obligatoria de líneas móviles: implicaciones para usuarios y proveedores

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de 9 de diciembre, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles.

Estas disposiciones definen los procedimientos y requisitos para asociarlas con su titular y son obligatorias para concesionarios y comercializadoras.

Vinculación obligatoria de la línea

  • Cada línea debe vincularse al nombre y Clave Única de Registro de Población (CURP) —personas físicas — o al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) —personas morales —, con el fin de acreditar la titularidad.
  • Las líneas no vinculadas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia y recibir alertas.
  • La obligación aplica a todas las líneas con servicio, salvo aquellas SIM sin capacidad técnica para llamadas, SMS o conexión a Internet.

Límite de líneas por persona

  • Personas físicas: hasta diez líneas máximo.
  • No aplica para personas morales ni para personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán presentar constancia de situación fiscal.

Procedimiento para la vinculación

Modalidad presencial

  • Presentación de identificación oficial en el centro de atención del proveedor.
  • Verificación de CURP con el Registro Nacional de Población.
  • Registro de datos básicos (nombre, CURP/RFC, número).
  • Generación de folio con fecha y hora, tras validación exitosa.
  • El proveedor del servicio debe mostrar el Aviso de Privacidad conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Validación de identidad para representantes legales de personas morales

  • Documento con razón social y RFC de la persona moral (el RFC será validado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  • Identificación oficial vigente del representante legal (validación mediante fuentes oficiales).
  • Documento que acredite la personalidad como representante legal.

Validación de identidad para personas físicas extranjeras

  • Pasaporte vigente, o
  • CURP temporal para extranjeros.

En los procesos de portabilidad, una vez concluida, el proveedor receptor de la línea móvil deberá requerir al titular la vinculación correspondiente.

Modalidad remota

  • Al insertar la SIM, el proveedor enviará un SMS con la leyenda:

“PARA PODER UTILIZAR TU LÍNEA DEBES VINCULARLA INGRESANDO A: ”.

  • El enlace debe seguir el formato: https://www.<NombreOperador>.com/vinculatulinea
  • El proveedor debe identificarse como originador del SMS (Sender ID) con su nombre comercial.
  • Información adicional puede enviarse por: correo electrónico, mensajería instantánea, aplicaciones específicas y portal web seguro (HTTPS).

La vinculación remota se realizará mediante la Plataforma de Gestión del proveedor, mostrando el aviso de privacidad y los términos y condiciones. Se solicitará identificación oficial vigente, prueba de vida y validación de la CURP. El proceso permitirá hasta tres intentos; si no se logra, se notificará al titular para reiniciar. Una vez validada la identidad y la prueba de vida, se generará un folio con fecha y hora y se habilitarán los servicios. No podrá iniciarse otro proceso hasta concluir el anterior.

Los entes públicos y personas morales solo podrán realizar la vinculación de manera presencial.

Consecuencias de no vincular la línea

  • Durante el periodo de gracia, el servicio continuará activo, pero se enviarán recordatorios periódicos.
  • Una vez vencido el plazo, la línea será deshabilitada y solo permitirá: recibir mensajes de emergencia, realizar llamadas a números de emergencia (911, 074, 079, 088 y 089) y contactar al centro de atención del proveedor.
  • Las líneas deshabilitadas podrán habilitarse nuevamente, siempre que se cumplan los requisitos.

Desvinculación

  • Cuando la desvinculación la solicita el usuario, la línea permanece habilitada y vinculada al titular.
  • Cuando la desvinculación la solicita el titular, la línea se deshabilita y queda limitada a emergencias.

Procedimiento

  • Presencial: mostrar identificación oficial y, en caso de fallecimiento, acta de defunción.
  • Remoto: acceso a la plataforma, validación de identidad, prueba de vida y confirmación expresa.

Es importante destacar que la desvinculación no implica la cancelación de obligaciones contractuales.

Consulta de líneas vinculadas

  • Disponibilidad de una plataforma de consulta (web o aplicación oficial).
  • Acceso mediante CURP o RFC para visualizar las líneas vinculadas (últimos cuatro dígitos de cada línea telefónica móvil y nombre comercial del operador).
  • Acceso gratuito, sin consumo de saldo ni datos.

Protección de datos personales

  • Solo se conservarán datos mínimos: nombre, CURP/RFC, número, tipo de identificación, resultado de validación y folio.
  • Prohibición de almacenar biométricos, fotografías o copias de identificación.
  • Prohibición de comercializar o compartir información para fines distintos.
  • Obligación de notificar incidentes de seguridad a la autoridad y al titular.

Obligaciones del proveedor

  • No realizar cobros por vinculación, desvinculación o consulta.
  • Garantizar acceso gratuito y disponibilidad continua a las plataformas.
  • Informar requisitos, plazos y resultados de los procesos.
  • Brindar asistencia a personas con discapacidad y grupos vulnerables.

Entrada en vigor y plazos

Acción clave Fecha Descripción
Publicación en el DOF 09/12/2025 Entrada en vigor de los lineamientos
Inicio de difusión de información

 

10/12/2025 El operador publica requisitos, modalidades y plazos.

 

Plataforma de gestión

 

09/01/2026 Disponible para vincular y administrar líneas.

 

Plataforma de consulta

 

07/02/2026 Disponible para verificar las líneas vinculadas.

 

 

 

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts