Comercio Exterior

Publican modificaciones a la TIGIE

Mediante la publicación del “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación” en la edición vespertina del DOF de 15 de agosto, se establecieron aranceles temporales a la importación de entre 5% a 25% de mercancías clasificadas en 392 fracciones arancelarias relativas a acero, aluminio, bambú, caucho, productos químicos, aceites, jabón, papel, cartón, productos cerámicos, vidrio, material eléctrico, instrumentos musicales y muebles, entre otras, con un periodo de vigencia del 16 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2025.

En tanto, para los sectores textil y calzado se mantendrán los aranceles a la importación que actualmente aplican a dichas mercancías, por lo que se elimina el esquema de desgravación arancelaria establecido previamente mediante el decreto publicado en el DOF de 18 de noviembre de 2022.

Asimismo, prevé mantener los aranceles a la importación en los sectores industriales más sensibles como son el eléctrico, electrónico, automotriz y el de autopartes por el mismo periodo de vigencia, es decir, hasta el 31 de julio de 2025, así como el beneficio arancelario de los Programas de Promoción Sectorial aplicable a diversos productos siderúrgicos.

Por lo que refiere a la importación de mercancías en pintados, barnizados o revestidos de plástico hasta el 31 de diciembre de 2023 se aplicará un arancel del 10%, siendo a partir del 1 de enero de 2024 que se impondrá el previsto en el decreto, es decir, del 25%.

Finalmente, los aranceles se aplicarán para aquellos países con los que México no haya suscrito algún acuerdo o tratado de libre comercio.

Para estar al tanto de las reformas más importantes, visite nuestra tienda en línea donde podrá adquirir su acceso a la plataforma Checkpoint.

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts