Reformas a la Ley Aduanera y TIGIE: Implicaciones Normativas para el Comercio Exterior
El 9 de septiembre, la titular del Ejecutivo federal, Claudia Sheinbaum, presentó ante la Cámara de Diputados dos iniciativas de reforma en materia aduanera y arancelaria. En la exposición de motivos, se señala que dichas propuestas buscan adecuar el marco jurídico al contexto actual del comercio internacional, con el objetivo de fortalecer la competitividad del país, combatir la evasión y elusión fiscal, y prevenir prácticas como la subvaluación y el contrabando.
En ese sentido, en cuanto a las modificaciones en la Ley Aduanera se destacan:
Facultades de las autoridades
Se clarifica la competencia entre la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con la finalidad de brindar mayor certeza jurídica a los usuarios del comercio exterior. Las autoridades podrán apoyarse en tecnologías como videograbación y sistemas electrónicos para el ejercicio de sus facultades.
Agentes y agencias aduanales
Vigencia de patentes y autorizaciones: Se establece una duración de 10 años, prorrogables por otro periodo igual, siempre que se cumplan los requisitos originales y se solicite la prórroga en el último año de vigencia.
Requisitos adicionales para obtener la patente: No ser servidor público ni estar inhabilitado, no tener parentesco con administradores o subadministradores de aduanas ni con socios de agencias aduanales, informar evolución patrimonial anualmente, no tener vínculos laborales con quienes tramiten operaciones de comercio exterior.
Responsabilidades: Se elimina la posibilidad de alegar excluyentes de responsabilidad, se refuerza la obligación de verificar cumplimiento de regulaciones no arancelarias, identificación de clientes y documentación fiscal, se incluye la responsabilidad directa en la correcta determinación del pago de contribuciones.
Causales de suspensión o cancelación: Se agregan nuevas causas como procesos penales por delitos fiscales, inclusión en listas del CFF (arts. 69, 69-B, 69-Bis), revocación de sello digital, créditos fiscales sin garantía y baja actividad operativa que comprende menos de 10 despachos aduaneros en un periodo de 6 meses.
Responsabilidad solidaria: Los agentes aduanales que sean socios deberán integrar el consejo de administración de la agencia y asumir responsabilidad solidaria respecto al pago de impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias.
Consejo Aduanero
Se crea un órgano colegiado encargado de decidir sobre otorgamiento, prórroga, suspensión y cancelación de patentes y autorizaciones. Estará integrado por representantes de la SHCP, SAT, ANAM y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Digitalización y control tecnológico
Se establece la obligación de contar con sistemas electrónicos de control de inventarios, videovigilancia, trazabilidad y monitoreo en tiempo real, con acceso remoto para autoridades. Se habilita la celebración de convenios con la Agencia de Transformación Digital.
Procedimientos aduaneros
- Embargo precautorio por incumplimiento de NOMs o domicilios no localizados.
- Suspensión de plazos por huelga, fallecimiento o fuerza mayor, con notificación al contribuyente.
- Solicitud de información adicional por parte de la autoridad, incluso a terceros.
Régimen de depósito fiscal en almacenes generales de depósito
Las mercancías deben llegar al almacén general de depósito en un plazo máximo de 20 días naturales. De no cumplirse, se deberá cambiar el régimen a importación definitiva y pagar las contribuciones correspondientes.
Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)
- Se incorpora a programas de diferimiento de aranceles.
- Se exige garantizar contribuciones mediante cuentas aduaneras de garantía.
- Se restringe la autorización a personas sin vínculos con el recinto.
- El traslado y despacho en recintos no colindantes deberá realizarse por empresas certificadas.
Tratados internacionales
Se busca armonizar la Ley Aduanera con los tratados de libre comercio, estableciendo la obligación de presentar documentación que acredite la vigilancia aduanera en países no Parte para aplicar preferencias arancelarias. También se propone regular los criterios anticipados que otorguen certidumbre a los operadores, y permitir que los importadores soliciten la aplicación retroactiva de tasas preferenciales cuando no se hayan aplicado en el momento de la importación, conforme a los tratados correspondientes.
Operador Económico Autorizado (OEA)
La certificación OEA implica obligaciones permanentes en materia de cumplimiento y seguridad. Actualmente, si se cancela el registro, el contribuyente debe esperar cinco años para volver a solicitarlo. Sin embargo, se propone que quienes cometan delitos fiscales o infracciones aduaneras graves no puedan obtener una nueva certificación en el futuro.
Importaciones temporales
Se reduce de 10 a 5 años el plazo de permanencia de embarcaciones y casas rodantes importadas temporalmente. Se exige trazabilidad documental completa en caso de transferencia de mercancías.
Infracciones y sanciones
Se amplía el catálogo de infracciones como la falta de integración documental en operaciones aduaneras o el uso indebido de autorizaciones otorgadas por la autoridad y se ajustan las multas para que sean proporcionales a la gravedad de las faltas, alineadas con las estrategias gubernamentales.
Reforma a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE)
La iniciativa propone nuevos aranceles para fortalecer el mercado interno y fomentar la industrialización nacional, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo. Se busca evitar distorsiones que afecten la relocalización de sectores estratégicos.
Industrias afectadas: Automotriz, textil, plásticos, acero, electrodomésticos, aluminio, juguetes, muebles, calzado, papel, cartón, motocicletas, remolques y vidrio.
Vigencia: En caso de aprobarse, el decreto entrará en vigor 30 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Seguimiento legislativo
Las iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictamen y posterior trámite legislativo.
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