Modificaciones a la Ley Federal de Derechos 2024
Como parte de las iniciativas del paquete económico 2024 en materia de ingresos, las modificaciones previstas en la Ley Federal de Derechos (LFD) no incluyen la creación de nuevas cuotas sino únicamente su actualización, así como la adecuación de algunas de sus definiciones relativas al cobro por la prestación de servicios o por el uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la federación.
En ese sentido, se destacan las siguientes modificaciones:
- Se reforma el artículo 18-A, con la finalidad de establecer que los ingresos obtenidos del derecho a la prestación del servicio en la expedición de la condición de estancia a las personas visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresan al país con fines turísticos, se destinen al Tren Maya.
- Respecto de las operaciones y exportaciones realizadas de conformidad con los tratados internacionales, se modifica la fracción IV del artículo 49 para establecer el pago en las operaciones cuando en dichos tratados se excluya el cobro sobre el valor de las mercancías, esta cuota se cobrará a partir del 30 de diciembre de 2023, toda vez que desde esa fecha México estará obligado a cumplir con el compromiso adquirido mediante el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT).
- Se modifica el artículo 77 respecto de los servicios que presta la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), para incluir explícitamente el pago por concepto de servicio de recepción, estudio y trámite de cada notificación de concentración, independientemente del acuerdo o resolución que ponga fin al procedimiento.
- En servicios educativos, se continúa con el apoyo a estudiantes que han acreditado un nivel técnico o profesional-técnico que soliciten el registro de su título así como la expedición de cédula profesional, otorgando la reducción del 70% en la cuota de los derechos previstos en materia de registro y servicio profesional.
- En servicios forestales, se deroga la autorización de plantación comercial en terrenos preferentemente forestales en superficies mayores a 800 hectáreas, derivado de la reforma a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en la cual desaparece tal autorización.
- Se modifica el concepto de trasvase como el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales conducidas de una cuenca hidrológica a otra mediante obras de infraestructura hidráulica, con lo cual se suprime el cobro por trasvase cuando se derive de la conexión natural entre cuencas, ajeno a obras de infraestructura hidráulica.
- En materia de telecomunicaciones, se incluye el pago por el uso o aprovechamiento del espectro radioeléctrico de manera temporal dentro de los tres meses siguientes al otorgamiento de la autorización.
- Se exenta de pago por el acceso a sitios y zonas arqueológicas a las personas integrantes de comunidades indígenas residentes de dichos sitios, así como a las personas guías de turistas.
Finalmente, estas nuevas disposiciones entrarían en vigor a partir del 1 de enero de 2024, sujetas a las modificaciones que pudieran realizarse por el Congreso de la Unión, por ello lo invitamos a mantenerse al tanto del proceso legislativo del paquete económico 2024.
Te llevamos por delante del futuro: Compilaciones 2024.
