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De qué va, la reforma a la Constitución de CDMX en materia de propiedad privada

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 2 de septiembre, se publicó el Decreto por el que se reforma el inciso a), numeral 2 del Artículo 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, a efecto de establecer en los apartados de los principios rectores, el respeto a la propiedad privada en los mismos términos del numeral 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Y es que anteriormente, según se desprende de la iniciativa, el artículo 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México (CPCDMX), no menciona dentro de sus principios rectores la propiedad pública y la social, lo que no es acorde con el texto federal, por tanto, con tal reforma, se busca armonizar ambas constituciones a fin de evitar contradicciones e interpretaciones diversas a lo que establece nuestro máximo ordenamiento.

¿Qué establece el artículo 27 de la CPEUM?

Considerado uno de los artículos más importantes de la Constitución por sus aspectos sociales y económicos, establece que la propiedad de las tierras y aguas corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada.

Si bien la propiedad privada de los ciudadanos es el modo ordinario de dominio territorial, la Nación (dueña originaria) por vía del Estado podría en lo sucesivo ejercer dicha potestad para expropiar, limitar y regular esos derechos individuales previamente concedidos.

En ese sentido, las expropiaciones solo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Así, la Nación tiene en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales, con el propósito de hacer una distribución equitativa de la riqueza.

Implicaciones de la reforma a la CPCDMX

Desde que se presentó la iniciativa de reforma al texto constitucional local por Martí Batres, jefe de gobierno capitalino, no ha estado exenta de polémica y controversia, en el sentido de que con tal modificación se eliminaría la protección a la propiedad privada; no obstante, como se desprende del propio texto constitucional, con el cambio se pretende armonizar los principios rectores de la Constitución local con el artículo 27 del ordenamiento Federal, por tanto, se reconoce y garantiza el derecho del particular para usar, gozar y disfrutar de la propiedad privada, sujeta a las limitaciones y modalidades establecidas en la ley, y a la función social.

Finalmente, la reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, desde el 3 de septiembre.

 

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts