Vivienda adecuada: claves de la reforma a la Ley
En la edición del 29 de abril del Diario Oficial de la Federación, se publicó el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada”.
La modificación tiene por objeto armonizar la legislación secundaria con la reforma constitucional de diciembre de 2024, mediante la cual se reconoció el derecho humano de toda persona a una vivienda adecuada.
Ejes centrales de la reforma
Sustitución conceptual y ampliación del derecho
Se sustituye sistemáticamente la expresión “vivienda digna y decorosa” por “vivienda adecuada”, así como el término “familias” por “personas”.
Con ello, se reconoce la titularidad individual, universal y no condicionada del derecho a la vivienda, conforme al artículo 4o. constitucional y al enfoque de derechos humanos.
Definición legal de vivienda adecuada
Se incorporan al artículo 2 de la Ley los siete elementos constitutivos de la vivienda adecuada:
- Accesibilidad;
- Adecuación cultural;
- Asequibilidad;
- Disponibilidad de servicios e infraestructura;
- Habitabilidad;
- Seguridad en la tenencia, y
- Ubicación.
Lo anterior dota al derecho a la vivienda de un contenido normativo objetivo, verificable y exigible.
Reconocimiento expreso de los organismos del artículo 123 constitucional
Se integra de manera explícita a los organismos e instituciones que financian o construyen vivienda para las personas trabajadoras, incluidos el INFONAVIT y el FOVISSSTE, como actores con obligaciones específicas dentro de la Política Nacional de Vivienda.
Ampliación de acciones en materia de producción y financiamiento de vivienda
Se reforma el artículo 56 para otorgar base legal expresa a dichas instituciones, a fin de que puedan:
- Adquirir;
- Rehabilitar;
- Construir;
- Arrendar;
- Enajenar vivienda;
- Financiar la autoproducción;
- Urbanizar suelo, y
- Transmitir inmuebles.
Estas acciones deberán realizarse con la previa autorización de sus órganos de gobierno, salvaguardando la solvencia de los fondos y los derechos de las personas trabajadoras.
Ajustes complementarios
Se amplía el alcance de los subsidios federales para beneficiar a toda persona en situación de pobreza o vulnerabilidad.
Asimismo, se refuerzan las reglas de evaluación de la Política Nacional de Vivienda y se armonizan disposiciones relacionadas con la producción social de vivienda, suelo y ecotecnias.
Entrada en vigor
El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y no contempla ampliaciones presupuestarias para su implementación.
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