Actualizan lineamientos sobre Covid en actividades económicas
El Comité de Nueva Normalidad conformado por miembros de las secretarías de Salud, Economía, Trabajo y Previsión Social, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social, actualizaron los lineamientos que regulan las medidas específicas que deben implementarse a nivel nacional en todos los centros de trabajo para prevenir la enfermedad por Covid-19.
Lo anterior- destacan los lineamientos- debido a que la información en torno al coronavirus ha evolucionado y cambiado por lo que refiere al conocimiento en la transmisión, además de la vacunación.
En ese sentido, destacan las siguientes medidas:
- Se retira el uso de tapetes desinfectantes.
- En ningún caso debe ser obligatoria la toma de una prueba Covid-19 para el regreso al trabajo.
- La vacunación no debe ser un factor condicionante para impedir que las personas realicen sus actividades laborales, en todo caso, se sugiere el uso de cubrebocas en todo momento para aquellos que decidieron no vacunarse.
En cuanto al uso de cubrebocas se sugiere conforme al siguiente esquema:
Espacios abiertos | Espacios cerrados | ||
Con sana distancia (1.5 metros entre las personas) | Sin sana distancia | Con sana distancia (1.5 metros entre las personas) | Sin sana distancia |
No obligatorio | Recomendable | No obligatorio | Recomendable |
Asimismo, se sugiere conservar el uso de cubrebocas en espacios cerrados que no se encuentren ventilados y para aquellas personas con inmunocompromiso.
Para las personas que no comparten el lugar físico de trabajo, al consumir bebidas o alimentos o al realizar trabajo físico intenso se puede omitir su uso.
Por lo que refiere a las recomendaciones en materia de seguridad sanitaria en el entorno laboral se establece:
- Planeación y vigilancia: Designación de un comité o persona responsable del seguimiento, cumplimiento y correcta implementación de las medidas.
- Medidas de ingeniería: En los accesos y áreas comunes del centro de trabajo, se cuente con lavamanos con jabón, en caso de no tenerlos, se pueden implementar dispensadores con solución base alcohol por lo menos al 60%. Favorecer la ventilación natural en los lugares en que sea posible, en caso de contar con sistemas de ventilación vigilar que funcionen adecuadamente.
- Alimentación y transporte: Se recomienda que durante el consumo de alimentos se mantenga la sana distancia entre los trabajadores, así como durante los traslados se utilice el cubrebocas en transporte público.
- Equipo de protección personal: En caso de ser necesario, el uso de cubrebocas conforme al esquema aludido.
- Promoción de la salud, información y capacitación: Contar con un programa de capacitación para todas las personas trabajadoras sobre las acciones a realizar en el centro laboral para prevenir y evitar cadenas de contagio, así también un instrumento (cuestionario) para identificación de síntomas de casos sospechosos, listado o censo para la identificación de contactos de trabajo y comunitarios, que incluya: nombre, fecha del último contacto de trabajo, nombres de estos, tiempo y lugar de exposición.
Finalmente, los citados lineamientos dejan sin efectos el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas publicado en el DOF de fecha 29 de mayo de 2020.
Si desea conocer más sobre este ordenamiento puede consultarlo desde la plataforma Checkpoint.
