¿Qué implica el Distintivo de Integridad Empresarial?
Con la reforma constitucional de mayo de 2015 por la que se creó el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), se sentaron las bases para establecer la emisión de políticas públicas y disposiciones normativas en materia de prevención, detección, control, combate y sanción a la corrupción, entre ellas, la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que prevé la implementación de una Política de Integridad para las empresas como buena práctica que puede ser considerada como una atenuante en un caso de corrupción.
En ese sentido, la incorporación de mecanismos de autorregulación para el sector empresarial se ha convertido en una figura fundamental para que las empresas cuenten con políticas internas anticorrupción, toda vez que una cultura de legalidad y prevención es más rentable que seguir tolerando ese tipo de actos.
Si bien el artículo 25 de la LGRA establece los elementos que conforman una política de integridad, el 9 de noviembre se publicó en el DOF los “Lineamientos del Padrón y del Distintivo de Integridad Empresarial de la Secretaría de la Función Pública”, que establece los requisitos para aquellas compañías que cuentan con normas de integridad y que deseen inscribirse en el registro, así como obtener el emblema que acredite que cumplen con todos los elementos, además de resaltar su compromiso en la prevención de la corrupción.
Cabe señalar que, en los citados lineamientos se incorporan las definiciones de Política de Integridad Empresarial como el conjunto de principios, directrices, normas y actividades que establecen las empresas con el propósito de fomentar estos y prevenir riesgos de corrupción, así como la definición de buenas prácticas entendida como las herramientas, experiencias, controles y sistemas implementados para desarrollar una cultura ética y de integridad en su operación.
Por otra parte, si bien el registro y la obtención del distintivo no tienen carácter obligatorio, las empresas interesadas deben anexar a la solicitud: (i) Acta Constitutiva, (ii) Cédula de Identificación Fiscal (iii) Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (iv) Comprobante de domicilio fiscal, (v) Identificación Oficial del representante legal y (vi) Acreditar que se cuenta con una política de integridad. Deberán demostrar que se está al corriente de las obligaciones fiscales en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Por tanto, con el otorgamiento de tal distintivo se busca fomentar una cultura de integridad empresarial que en cierta medida podría coadyuvar para determinar el nivel de cumplimiento de las políticas internas en materia anticorrupción que se han implementado, a la vez que para las empresas sirve como herramienta para prevenir y mitigar los riesgos por faltas administrativas previstos en la LGRA.
Si desea conocer este y otros ordenamientos puede consultarlos desde la plataforma Checkpoint.
