Trámites de marcas en tiempos de pandemia
En tiempos de pandemia las autoridades han tenido que hacer un mayor uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) para agilizar y facilitar los trámites ante las restricciones de movilidad y confinamientos, de tal forma que las personas puedan realizar desde sus hogares trámites de forma digital, como es el caso de la declaración de uso de marcas y nombres comerciales que, recientemente dio a conocer el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) los cuales podrán efectuar a través de la Oficialía Electrónica de Marcas.
En este sentido, si es titular de una marca, aviso o nombre comercial otorgado a partir del 10 agosto de 2018 o posterior, deberá declarar su uso ante el IMPI respecto de los productos o servicios que utiliza su distintivo, aviso o nombre comercial, esto es, al cumplir tres años de la expedición del registro se debe informar al Instituto en qué productos o servicios se utilizan, con el propósito de continuar con la protección de dichos signos.
Cabe señalar que, conforme a la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) que entró en vigor el 5 de noviembre de 2020, dicho trámite es obligatorio contando con un plazo de tres meses para llevarlo a cabo; no obstante, el IMPI ha señalado que puede realizarse a través de los servicios electrónicos implementados por el Instituto, con lo cual deberá contar con una cuenta PASE e ingresar al sitito web https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/.
Y es que, como se ha señalado en diversas ocasiones la pandemia por Covid-19 ha acelerado los procesos de transformación digital, en los que el teletrabajo, el comercio electrónico y el uso de plataformas tecnológicas son fundamentales para adaptarse a esta nueva realidad, por ello lo invitamos a mantenerse informado de esta y otras novedades desde sus plataformas Checkpoint y ProView.
