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IMPI como autoridad fiscal

Las nuevas facultades otorgadas al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para hacer efectivo el cobro de las multas mediante el Procedimiento Administrativo de Ejecución, en términos del Código Fiscal de la Federación (CFF), entraron en vigor a partir de este 5 de noviembre como lo establece el artículo décimo séptimo transitorio de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), a un año del inicio de su aplicación.

En este sentido, las multas impuestas por el IMPI son consideradas créditos fiscales y se recaudarán, o en su caso, ejecutarán por el Instituto en su carácter de autoridad fiscal, siendo esta facultad únicamente para exigir el cobro coactivo de las mismas, sin requerir del apoyo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y de las secretarías de finanzas de los estados mediante los convenios de colaboración administrativa, para exigir el pago cuando no sean cubiertas oportunamente.

Para tal efecto, el IMPI dio a conocer a través de un acuerdo publicado en el DOF del 4 de noviembre las unidades administrativas del instituto a las que se les delegan las facultades en materia de créditos fiscales, mismas que deberán contar con la infraestructura apropiada para realizar las actuaciones relacionadas con estos créditos, y en su caso, llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución.

En tal sentido, corresponderá a las siguientes unidades administrativas lo siguiente:

  • Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual, la facultad de determinar la cantidad líquida el monto de las multas que imponga por infracciones administrativas en términos de la LFPPI.
  • Dirección Divisional de Asuntos Jurídicos, la atribución de exigir y recaudar el pago de un crédito fiscal, llevar a cabo desde el inicio hasta su conclusión, el Procedimiento Administrativo de Ejecución e implementar los mecanismos para el pago de multas a través del uso de medios electrónicos o de cualquier otra tecnología.
  • Dirección Divisional de Administración, tiene la función de ejecutar las acciones necesarias para facilitar el control de los créditos fiscales determinados por el IMPI.

Estas facultades delegadas se entienden sin perjuicio del ejercicio directo que realicen tanto el director general adjunto, o en su caso, del director general del IMPI.

Si desea conocer más sobre esta disposición, consulte la plataforma Checkpoint.

 

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts