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CNA y CRT: nuevos reguladores en competencia y telecomunicaciones

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 19 de noviembre de 2025, el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) y, posteriormente el día 25, el Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).

Ambos ordenamientos consolidan la reorganización institucional derivada de la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica publicada en el DOF de 20 de diciembre de 2024, que extinguió a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y establecen la estructura y funcionamiento de los nuevos órganos reguladores en competencia económica y telecomunicaciones.

¿Por qué es relevante este cambio?

La reorganización redefine el marco regulatorio en dos sectores clave de la economía. Implica nuevas autoridades, reglas transitorias específicas y ajustes en la tramitación de procedimientos administrativos, de investigación y sanción.

Integración de los nuevos plenos

Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT)

El pleno se considera formalmente integrado cuando se nombran las cinco personas comisionadas y a la comisionada presidenta. El 16 de octubre de 2025, la titular del Ejecutivo Federal designó a Norma Solano Rodríguez como comisionada presidenta, con lo cual se completó la integración del órgano colegiado.

Comisión Nacional Antimonopolio (CNA)

En la misma fecha se designó a Andrea Marván Saltiel como comisionada presidenta de la CNA, integrando de igual forma el pleno, conforme al decreto que reformó la Ley Federal de Competencia Económica.

Con la integración de ambos plenos, se expidieron los ordenamientos que regulan su nueva estructura orgánica y operación.

Principales cambios normativos

Reglamento Interior de la CRT

  • Objeto: Define la organización y funcionamiento de la CRT, órgano desconcentrado con independencia técnica y operativa.
  • Competencias: Supervisión del espectro radioeléctrico, recursos orbitales, redes públicas de telecomunicaciones, servicios de radiodifusión y acceso a infraestructura esencial.
  • Estructura orgánica principal: Pleno (máximo órgano de decisión). Secretaría Técnica y Secretaría Ejecutiva. Seis direcciones ejecutivas y 13 direcciones generales para la atención de funciones sustantivas y de apoyo estratégico.

Disposiciones transitorias relevantes de la CRT

  • Entrada en vigor: 25 de noviembre de 2025.
  • Procedimientos iniciados ante el IFT: Continúan tramitándose ante la CRT, sin reinicio ni afectación de plazos.
  • Normativa aplicable: La regulación del IFT permanece vigente en lo que no se oponga, hasta que la CRT emita sus propias disposiciones.
  • Plazo de adecuación: 180 días naturales para emitir lineamientos y habilitar los mecanismos necesarios para la operación plena de la CRT.

Estatuto Orgánico de la CNA

  • Objeto: Establece la estructura y bases de organización de la CNA para la aplicación de la Ley Federal de Competencia Económica.
  • Finalidad: Garantizar la libre concurrencia, prevenir y eliminar monopolios, así como investigar y sancionar prácticas anticompetitivas.
  • Estructura orgánica principal: Pleno (máximo órgano de decisión). Autoridad Investigadora y Secretaría Técnica. Diversas direcciones generales a cargo de investigación, sustanciación de procedimientos, vinculación institucional y análisis económico.

Disposiciones transitorias relevantes de la CNA

  • Entrada en vigor: 19 de noviembre de 2025.
  • Procedimientos iniciados ante Cofece: Continúan ante la CNA, sin reinicio y respetando plazos y etapas procesales.
  • Normativa aplicable: La regulación emitida por Cofece continúa vigente hasta que la CNA expida nuevos lineamientos o la abrogue expresamente.
  • Sustitución orgánica: Se realiza la transferencia de expedientes, sin afectar turnos, asignaciones ni el estado procesal de los asuntos.

Implicaciones prácticas

Autoridades competentes: La CNA sustituye a la Cofece en materia de competencia económica. La CRT sustituye al IFT en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Normativa aplicable: De manera transitoria, siguen vigentes las disposiciones emitidas por la Cofece y el IFT, en tanto no se opongan a la reforma, y hasta que CNA y CRT emitan nueva regulación.

Procedimientos en curso: No se reinician; continúan su trámite bajo la autoridad que asume las funciones (CNA o CRT), conservando plazos, etapas y actos realizados.

Plazos clave: 180 días para que la CRT y la CNA emitan lineamientos y ajusten sus mecanismos operativos y de coordinación interna.

Esta reorganización institucional reconfigura el entorno regulatorio en competencia económica y telecomunicaciones. Para los sujetos regulados y sus asesores legales y fiscales, es esencial revisar estrategias de cumplimiento, adecuar contratos y estructuras corporativas y dar seguimiento puntual a la emisión de la nueva normativa secundaria por parte de la CRT y la CNA.

Manténgase al tanto de los principales cambios normativos a través de la plataforma Checkpoint.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts