Publican Ley de Ingresos de la Federación para 2024
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer mediante publicación en el DOF el “Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024″, donde se destacan los siguientes puntos:
Ingresos estimados
Se estima ingresos por un total de nueve billones 066 mil 045.8 millones de pesos, del estimado cuatro billones 942 mil 030.3 millones de pesos corresponde a los ingresos del Gobierno Federal por impuestos; 535 mil 254.7 millones a Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social; 36.5 millones a Contribuciones de Mejoras; 59 mil 091.4 millones a Derechos; ocho mil 641.6 millones a Productos y 193 mil 877.0 millones a Aprovechamientos.
Además, un billón 312 mil 289.4 millones de pesos por Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos; 277 mil 774.3 millones por Transferencias, Asignaciones, Subsidios, Subvenciones y Pensiones y Jubilaciones; y un billón 737 mil 050.6 millones a Ingresos Derivados de Financiamientos. La estimación de la recaudación federal participable será por un monto de cuatro billones 564 mil 924 millones.
Endeudamiento neto interno
El Ejecutivo Federal queda autorizado para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio Fiscal de 2024, por un monto de endeudamiento neto interno de hasta 1 billón 990 mil millones de pesos.
Endeudamiento neto externo
Asimismo, queda autorizado para contratar y ejercer en el exterior créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del PEF 2024, así como para canjear o refinanciar obligaciones del sector público federal, a efecto de obtener un monto de endeudamiento neto externo de hasta 18 mil millones de dólares.
Tasas de recargos
Para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:
a) Al 0.98% mensual sobre los saldos insolutos.
b) Cuando se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establecen:
- En parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.26% mensual.
- En parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual.
- En parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.82% mensual.
Multas por infracciones
Los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago pagarán el 50% de la multa que les corresponda.
Tasa de retención anual por intereses
Durante el ejercicio fiscal de 2024, la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) será del 0.50%.
Cuotas obrero-patronales
Finalmente, con el fin de promover el saneamiento de los créditos adeudados por concepto de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos y sus accesorios, con excepción de las cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, por parte de entidades federativas, municipios y organismos descentralizados que estén excluidas o no comprendidas en leyes o decretos como sujetos de aseguramiento, se autoriza al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) durante el ejercicio fiscal de 2024 a suscribir convenios de pago en parcialidades a un plazo máximo de hasta seis años.
