Fiscal

Prodecon lanza nueva plataforma para acuerdos conclusivos y quejas

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer que, a partir del 1 de septiembre de 2024, la recepción de las solicitudes de acuerdos conclusivos y de quejas serán por medio del Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Servicios (SERSE).

Dicha plataforma simplificará la presentación de las solicitudes aludidas, con la ventaja de recibir un acuse de recepción de forma inmediata y automatizada por la Prodecon tras el ingreso de cada solicitud.

El SERSE ofrecerá un horario de funcionamiento de 9:00 a 23:59 horas, por lo que la población contribuyente evitará traslados al realizar el envío vía electrónica de manera fácil y gratuita.

Y es que si bien, la Prodecon implementó desde diciembre de 2023 el Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos (SERAC), este se sustituye por el mencionado SERSE a fin de ampliar el área de recepción a quejas y reclamaciones de los contribuyentes.

Así, la solicitud para acuerdo conclusivo puede realizarse por el contribuyente (sujeto a procedimiento de comprobación) ante la Prodecon en cualquier momento a partir del conocimiento de las observaciones realizadas por la autoridad fiscal y hasta 20 días después de la emisión del oficio de observaciones.

El inicio de este procedimiento suspende los plazos de auditoría, desde la fecha de solicitud de inicio por parte del contribuyente hasta la fecha de notificación de cierre de dicho acuerdo, con un plazo máximo de un año.

Por otra parte, la Prodecon señaló que el procedimiento de acuerdo conclusivo es una herramienta útil para alcanzar consensos sin que se judicialicen los asuntos, evitando los costos que ello representa para ambas partes y el tiempo que pueda durar los juicios.

En tanto, es materia de un procedimiento de queja cualquier acción u omisión, definitiva o no, que de manera directa o indirecta afecte el interés jurídico o legítimo de quien la solicita. Este método no constituye instancia y no altera el ejercicio de otro derechos y medios de defensa, no suspende ni interrumpe los plazos preclusivos, de prescripción o caducidad, así como tampoco entorpece los trámites o procedimientos que lleven cabo las autoridades fiscales.

En caso de que se acredite la actuación u omisión de las autoridades que vulnere los derechos del contribuyente, la Prodecon emitirá una recomendación pública no vinculatoria en la que precise las medidas correctivas que deban implementarse para la restitución de los derechos.

En esa tesitura, a partir del 1 de septiembre dichos trámites únicamente podrán presentarse a través del SERSE y de manera presencial, eliminándose su envío por medio de correo electrónico.

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Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts