Comercio Exterior

Gobierno ajusta aranceles y reglas Prosec: lo que deben revisar las empresas importadoras

El 23 de abril, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) y se ajusta el Decreto de Programas de Promoción Sectorial (Prosec).

La medida introduce nuevos aranceles a la importación y modifica los insumos elegibles para los programas sectoriales, con efectos directos en empresas industriales, manufactureras, comerciales y de consumo.

¿Qué cambia con este Decreto?

El decreto establece dos cambios clave que las empresas deben considerar:

Nuevos aranceles de importación

Se incrementan o fijan aranceles de entre 5 % y 35 % para 185 fracciones arancelarias, que abarcan una amplia gama de productos industriales y de consumo, principalmente correspondientes a los siguientes sectores productivos:

Industria química y petroquímica: insumos industriales y sustancias para procesos productivos.

Cosméticos y preparaciones químicas de uso comercial o industrial.

Papel, cartón y artes gráficas, como papel prensa, cuadernos, mapas, impresos, planos y productos editoriales.

Industria textil: telas, fibras, mezclilla y textiles técnicos.

Confección, calzado y accesorios de vestir, como sombreros y artículos textiles terminados.

Hierro, acero y sus manufacturas: tubos, barras, tornillería, cadenas, utensilios, estructuras y artículos metálicos.

Aluminio y sus manufacturas, como tubos, accesorios y artículos de uso industrial o doméstico.

Autopartes y material de transporte, incluidas carrocerías, partes vehiculares y componentes para transporte colectivo.

Material eléctrico, maquinaria y equipo industrial, como cables, aerogeneradores, partes de bombas, intercambiadores térmicos y maquinaria especializada.

Muebles y artículos para el hogar: productos de colchonería, cubrecamas, luminarias y utensilios metálicos.

Bicicletas, velocípedos y sus partes, así como otros vehículos sin motor.

Instrumentos musicales y accesorios, tanto para uso profesional como recreativo.

El impuesto general de exportación permanece exento, por lo que las medidas se enfocan exclusivamente en las operaciones de importación.

 Ajustes a los Programas de Promoción Sectorial (Prosec)

Además, el decreto también reforma el artículo 5 del Decreto Prosec, al modificar la lista de fracciones arancelarias y las condiciones aplicables en los sectores de:

  • Industria eléctrica
  • Industria electrónica
  • Industria automotriz y de autopartes

Estos cambios incorporan precisiones técnicas y exclusiones específicas asociadas a las características físicas y técnicas de los insumos, como el espesor del material, el contenido de carbono o boro, así como el tipo y grado de acero.

En la práctica, ello redefine qué mercancías pueden seguir importándose bajo esquemas de beneficios arancelarios al amparo del Prosec y obliga a las empresas a realizar una revisión técnica y documental inmediata de sus insumos, a fin de asegurar el cumplimiento de los nuevos criterios y evitar la pérdida de beneficios o contingencias en materia de comercio exterior.

Por otra parte, el Decreto respeta el trato arancelario preferencial aplicable a las mercancías originarias de países con los que México tiene tratados comerciales vigentes, siempre que se cumplan las reglas de origen.

Implicaciones prácticas y riesgos regulatorios

Desde una perspectiva operativa y de cumplimiento, el decreto genera impactos concretos en los siguientes rubros:

  • Costos y planeación financiera
  • Incremento en el costo de importación de ciertos insumos y productos.
  • Necesidad de ajustar precios, contratos y cadenas de suministro.

Clasificación arancelaria

  • Revisión obligatoria de las fracciones arancelarias para confirmar su correcta clasificación.
  • Los errores pueden derivar en multas, créditos fiscales o ajustes retroactivos.

Empresas con Prosec

  • Revisión detallada de los insumos importados al amparo del programa.
  • Validación de que dichos insumos cumplen con las nuevas condiciones técnicas.
  • Riesgo de pérdida del beneficio arancelario en caso de incumplimiento.

Cumplimiento y fiscalización

  • Mayor exposición a revisiones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y auditorías aduaneras.
  • Necesidad de actualizar controles internos, expedientes y matrices de riesgo.

Entrada en vigor

El decreto entró en vigor el 24 de abril de 2026, un día después de su publicación en el DOF.

Manténgase al tanto de los principales cambios normativos y fortalezca sus operaciones con las soluciones que Thomson Reuters pone a su disposición.

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Teresa Ganado
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts