Dan a conocer periodos de verificación para autotransporte federal
En la edición del DOF del 20 de febrero, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) dio a conocer los periodos de verificación que deberán presentar los vehículos del servicio de autotransporte federal y transporte privado que utilizan diésel, gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos que transiten en las carreteras federales, siendo estos los siguientes:
PRIMERA VERIFICACIÓN: 1 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2024
SEGUNDA VERIFICACIÓN: 1 DE JULIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
En caso de incumplimiento, la sanción administrativa prevista en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera, es de veinte a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en el momento de imponer la sanción.
Lo invitamos a mantenerse al día de las disposiciones legales para el cumplimiento de obligaciones a través de la plataforma Checkpoint.
Valora este contenido
¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!
¿Cómo podemos mejorarlo?

Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado
- Teresa Ganado















































































































































