Laboral y Seguridad Social

IMSS limita la Modalidad 40 y evalúa su viabilidad

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el DOF del 21 de octubre el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, dictado por el Honorable Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión extraordinaria celebrada el 10 de octubre de 2026, relativo a la aprobación del análisis del efecto de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social y de las respectivas medidas temporales”, con el propósito de otorgar un año a las direcciones normativas para evaluar la sostenibilidad financiera de esa modalidad y, con base en los resultados obtenidos, proponer modificaciones que garanticen su viabilidad en el mediano y largo plazo.

La autoridad ha detectado diversos hallazgos y deficiencias en la operación de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (CVRO) durante los últimos años. Sin embargo,  la principal problemática radica en que algunas personas aseguradas utilizan esta modalidad para incrementar el monto de su futura pensión, particularmente quienes cotizaron en el régimen de la Ley del Seguro Social (LSS) vigente hasta el 30 de junio de 1997, conocida como Ley de 1973, debido a que el salario base de cotización (SBC) y el número de semanas reconocidas son factores que incluyen directamente en el importe de la prestación.

Por lo anterior, el IMSS ha intensificado las revisiones de las inscripciones en esta modalidad y de las solicitudes de pensión de quienes la contrataron, con el fin de verificar que las semanas cotizadas provengan de empleos reales y no de esquemas irregulares, toda vez que cuando detecta inconsistencias, puede cancelar semanas de cotización, dejar sin efectos la reactivación de derechos, e incluso rechazar la solicitud de pensión correspondiente.

En ese sentido, el Acuerdo dado a conocer por el Instituto busca proteger los derechos adquiridos de las personas aseguradas, prevenir abusos o simulaciones en la contratación de la continuación voluntaria, y preservar la sostenibilidad financiera del sistema.

Derecho a la CVRO

De acuerdo con el artículo 218 de la LSS, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del Seguro Social, mejor conocida como Modalidad 40, otorga el derecho a una persona que dejó de cotizar al IMSS a seguir aportando cuotas obrero patronales para conservar sus derechos de seguridad social y, en su caso, mejorar el monto de una futura pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, una vez que reúna los requisitos legales correspondientes de edad y semanas de cotización.

Requisitos para acceder

Para ejercer el derecho, la persona interesada debe cumplir los requisitos siguientes:

  1. Tener al menos 52 semanas cotizadas (un año) en el régimen obligatorio durante los cinco años previos a la fecha de baja como persona trabajadora asegurada.
  2. Solicitar la continuación voluntaria dentro de los cinco años siguientes a la fecha de baja de su empleo formal.
  3. Elegir el salario con el que cotizará, el cual podrá ser igual o superior al SBC registrado al momento de su baja del régimen obligatorio, siempre y cuando no exceda el límite máximo de cotización equivalente a 25 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en términos del artículo 28 de la LSS.

Análisis actuarial, modificaciones y medidas temporales

Las disposiciones del Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG entraron en vigor el 22 de octubre, es decir, al día siguiente de su publicación, y consisten en las  acciones siguientes:

Acciones

Consideraciones

Análisis actuarial y financiero La Unidad de Riesgos Financieros y Actuariales de la  Dirección de Finanzas del IMSS, contará con un plazo de seis meses a partir de la emisión del Acuerdo, para elaborar un análisis financiero y actuarial sobre el impacto de la continuación voluntaria en la situación financiera del Instituto, considerando la información que le proporcionen las direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Médicas, de Prestaciones Económicas y Sociales, así como las direcciones Jurídica y de Innovación y Desarrollo Tecnológico.
Propuesta de reformas La Dirección Jurídica coordinará, en un plazo de los seis meses a partir de la recepción de los resultados del análisis actuarial y financiero, la elaboración de una propuesta de reforma a las disposiciones normativas aplicables, a fin de incorporar las áreas de oportunidad y mejora identificadas y asegurar que la CVRO mantenga su viabilidad en el mediano y largo plazo.

Ese proyecto correspondiente se presentará ante el Consejo Técnico del Instituto.

Medidas temporales Mientras se concluye el estudio actuarial y financiero, el Instituto estableció diversas medidas temporales para limitar la operación de la continuación voluntaria y evitar prácticas que comprometan la sostenibilidad del sistema:

  1. Preservación limitada del derecho. Las personas ya inscritas conservarán sus condiciones vigentes hasta concluir el periodo contratado en esta modalidad.
  2. Restricción salarial. Los nuevos aseguramientos o renovaciones se realizarán con base en el último SBC registrado al momento de la baja o hasta ese importe más una UMA, sin que pueda ser inferior al salario mínimo general vigente.
  3. Fecha de inscripción. Los nuevos aseguramientos surtirán efectos únicamente a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Restricción para personas trabajadoras independientes. Quienes estén inscritos o se registren en la modalidad 10, correspondiente a la incorporación voluntaria en el régimen obligatorio de las personas trabajadoras independientes, ya no podrán contratar posteriormente la continuación voluntaria, pues la primera les brinda una amplia cobertura al incluir las prestaciones de los seguros de enfermedades y maternidad y de riesgos de trabajo.
Trámite digital El IMSS realizará los ajustes necesarios para que la inscripción de la CVRO se efectúe mediante mecanismos digitales que garanticen trazabilidad de la información y la consistencia de los registros.
Casos especiales El Instituto deberá diseñar un canal de atención específico para revisar los casos especiales relacionados con la implementación de las medidas previstas en el Acuerdo.

La CVRO enfrenta actualmente el desafío de conciliar dos intereses legítimos. Por una parte, el derecho de las personas aseguradas a conservar sus semanas de cotización y mejorar las condiciones de acceso a una pensión, y por otra, la necesidad de preservar la sostenibilidad financiera del sistema de seguridad social.

Desde la perspectiva del IMSS, el crecimiento de esta modalidad y su utilización como estrategia de planeación pensionaria han generado preocupaciones actuariales, financieras y operativas, especialmente cuando existen indicios de simulación o incrementos salariales que no corresponden a una trayectoria laboral real.

Por ello, el Acuerdo no elimina la continuación voluntaria, sino que establece medidas temporales orientadas a revisar su funcionamiento, evaluar su impacto financiero y sentar las bases para una eventual reforma que permita mantener la viabilidad de esta figura en el largo plazo, la cual debe presentarse, analizarse y aprobarse en el Congreso de la Unión.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts