Laboral y Seguridad Social

Habilita IMSS trámite del Permiso Covid-19 en línea

Ante el aumento de contagios y el riesgo que significa la variante Ómicron del virus SARS-CoV-2 para la población, este 11 de enero el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció el relanzamiento del “Permiso Covid-19” en su versión 3.0, para permitir a los derechohabientes tramitarlo en línea desde la página de Internet y a través de la aplicación IMSS Digital, sin la necesidad de visitar los servicios médicos institucionales.

El director general del IMSS, Zoé Robledo, indicó que el Permiso Covid-19 se puso en marcha desde marzo de 2020 como una manera eficiente para reducir riesgos y romper cadenas de contagio, por lo que ante el incremento de la infección de la variante Ómicron, se reactiva en beneficio de la salud de los derechohabientes, en favor de la reducción del virus y en apoyo a la continuidad de la actividad económica.

Esta versión del permiso Covid-19 toma en cuenta la buena fe de los trabajadores, pues permite que mediante la aplicación IMSS Digital, y respondiendo a un cuestionario de síntomas, historial de vacunación y padecimientos preexistentes, los derechohabientes puedan obtenerlo, asimilable a una incapacidad temporal para el trabajo, hasta por siete días y recibir el pago del subsidio correspondiente en su cuenta bancaria.

Para tramitar el permiso en comento, los interesados deben proceder como sigue:

  1. Accesar a la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o a la aplicación IMSS Digital y dar clic en “Ingresar a Permiso COVID-19”.
  1. Capturar la Clave Única de Registro de Población (CURP), el código postal del domicilio del derechohabiente y dar clic en “Iniciar”.
  1. Responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes.
  1. Ingresar información complementaria como el teléfono de algún contacto.
  1. Indicar si se tiene alguna prueba de la enfermedad respiratoria, la cual no será condicionante para el otorgamiento del permiso.
  1. Proporcionar un correo electrónico y el número de la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) interbancaria para recibir el pago correspondiente en su cuenta.
  1. Al emitirse el Permiso Covid-19 aprobado, el derechohabiente debe notificarlo a su empleador para justificar su ausencia por siete días si es que presenta síntomas─ o bien de cinco días, para las personas asintomáticas que cuentan con prueba positiva.

De esa manera, el IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) exhortan a los empleadores a aceptar esos permisos como incapacidad laboral para justificar la ausencia de los colaboradores y así romper las cadenas de contagio.

Finalmente, esas autoridades piden a las empresas evitar exigir una prueba como evidencia para conceder la incapacidad de los trabajadores, al considerar que el Permiso Covid-19 no es suficiente, e incluso a no pedirles pruebas con costo para su reincorporación al centro laboral.

Conozca las particularidades de este y otros trámites en su plataforma Checkpoint.

 

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts