Simplificación de trámites en materia de seguridad y salud en el trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF del 17 de julio, el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social”, en específico respecto de diversas gestiones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El Acuerdo entró en vigor al día hábil siguiente de su publicación, es decir, el 20 de julio. Y su propósito es reducir cargas administrativas, simplificar requisitos, fusionar y actualizar procedimientos, facilitar su procesamiento digital y acortar los tiempos de respuesta para procesos clave vinculados con la seguridad y salud en el trabajo, incluidos los relacionados con la aprobación y acreditación de organismos que evalúan la conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM).
Trámites simplificados
Los trámites sujetos a las medidas de simplificación previstas en el Acuerdo son los siguientes:
|
Homoclave del trámite |
Nombre del trámite |
Aplicación |
| STPS-05-003 | Autorización para la utilización de equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos. | Cuando las personas empleadoras o sus representantes legales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST), solicitan autorización para utilizar métodos alternativos a fin de cumplir los objetivos y finalidades previstos en las NOM, siempre que estas contemplen el uso de tecnologías, procesos, equipos, mecanismos o métodos de prueba o materiales específicos. |
| STPS-05-004 | Acreditación del Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo. | Las personas empleadoras, físicas o morales, interesadas en obtener la acreditación del Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo, para aplicar un factor de prima igual a 2.2 en la determinación de la siniestralidad de la empresa. Para ello, deberán cumplir los requisitos y presentar la documentación tos correspondientes. |
| STPS-05-024 | Aprobación de organismos para evaluación de las NOM en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, incluyendo sus variantes de aprobación, actualización y ampliación | Los organismos privados acreditados, que deseen obtener la aprobación de la STPS para evaluar la conformidad de las NOM, deberán presentar la solicitud respectiva para lo cual deberán presentar la solicitud correspondiente conforme a la convocatoria que emita. |
Otros aspectos por considerar
Asimismo, la Secretaría detalla los requisitos eliminados de los trámites anteriores, los nuevos formatos y la mejora de los plazos de resolución, como sigue:
- Elimina la obligación de presentar diversos requisitos documentales, entre ellos el escrito libre.
- Fusiona trámites relacionados con la aprobación, actualización y ampliación de organismos de evaluación de la conformidad de las NOM, las cuales quedan integrados en una sola homoclave y trámite (STPS-05-024).
- Elimina el trámite STPS-05-024-B (renovación de organismos para evaluación de las NOM).
- Establece que los trámites deberán realizarse por medios digitales, una vez que se implementen las adecuaciones tecnológicas necesarias.
- Reduce los tiempos de resolución de los trámites: por ejemplo, de 60 a 20 días hábiles en STPS-05-003, de 40 a 20 días hábiles en STPS-05-004, y de 15 a 10 días hábiles en STPS-05-024.
- No se solicitará documentación emitida por la STPS, copias simples, ni requisitos adicionales a los establecidos en el Acuerdo.
- Los trámites ingresados antes de la publicación del Acuerdo se resolverán conforme a la normatividad vigente en el momento de su presentación.
- Se modificará la información en las fichas de trámites en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios.
Periodo de transición
Para garantizar certeza jurídica a los usuarios, la STPS implementará las siguientes medidas transitorias:
- En un plazo no mayor a un año, la STPS realizará adecuaciones necesarias a instrumentos normativos y sistemas de registro para armonizarlos con las disposiciones del Acuerdo.
- Las disposiciones para el trámite STPS-05-024, entrarán en vigor a los 30 días hábiles contados a partir del inicio de operaciones de las adecuaciones tecnológicas implementadas en el Módulo para la Aprobación, Evaluación y Seguimiento de Organismos Privados.
- El trámite de Acreditación del Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo, ya que estén implementadas las mejoras tecnológicas necesarias, solo se tramitará por herramientas o medios digitales.
Finalmente, este Acuerdo representa una medida relevante de mejora regulatoria, al promover la simplificación administrativa, la digitalización de procedimientos y una mayor eficiencia en la gestión de trámites ante la STPS.
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