Laboral y Seguridad Social

Presentación al Infonavit del informe y anexos del Dictamen Fiscal

Los patrones obligados a dictaminar por contador público autorizado sus estados financieros, de conformidad con lo previsto en el artículo 32-A, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), tienen que presentar ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, y los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones patronales.

Sujetos obligados

En términos de lo dispuesto por los artículos 29, fracción VIII de la Ley del Infonavit (LINFONAVIT) y 84 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y entero de descuentos al Infonavit (RIPA), los sujetos a quienes aplica la obligación en comento son:

  1. Empleadores obligados a dictaminarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por el ejercicio 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32-A, segundo párrafo del CFF.
  2. Patrones que optaron por el dictamen fiscal de manera voluntaria, como prevé el precepto 32-A, primer párrafo del Código.

Documentación requerida y medios de cumplimiento

El Infonavit recibirá el informe y los anexos del dictamen fiscal de manera presencial o por medios electrónicos en la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal del patrón.

Para la entrega física se requiere la carta de presentación del dictamen fiscal (formato DO-01) en dos copias, debidamente requisitada y legible. Además de incluir la documentación obligatoria en un dispositivo USB con el nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del patrón dictaminado.

En tanto el envío electrónico se realizará a los correos autorizados ayhernandezr@infonavit.org.mx o fvillicana@infonavit.org.mx, atendiendo las reglas para su recepción que señala el anexo del comunicado general número CGRF/GSF/2023/1199, emitido por el Instituto.

Así, para garantizar la recepción, los documentos deben reunir los requisitos siguientes:

  1. Carta de presentación del dictamen fiscal en el formato actualizado, con firma autógrafa del representante legal y del contador público autorizado, en archivo PDF.
  2. Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente, en formato PDF con firmas del contador público.
  3. Acuse de recibo ante el SAT, en forma electrónica con sello digital (formato PDF).
  4. Anexos del dictamen fiscal, en archivo Excel y PDF:
    • Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados.
    • Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador.
    • Relación de contribuciones por pagar.
  1. Declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR), digitalizado con su acuse de recibo emitido por el SAT, únicamente en caso de que no se cuente con trabajadores en el ejercicio dictaminado.
  2. Cuando se presente la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF) se deberá incluir el acuse de recepción ante el SAT de esta, así como de los anexos presentados.
  3. Relación en hoja electrónica en formato Excel de los registros patronales asociados RFC de la empresa, cuando sean más de 10.
  4. En caso de que el patrón quiera adjuntar otra información, relacionar el detalle de los archivos en una hoja electrónica.

Plazo de entrega

La información referida se remitirá al Instituto dentro de los 15 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar el dictamen fiscal.

Por tanto, ya que la fecha límite para presentar el dictamen de estados financieros del ejercicio fiscal 2022 fue el 15 de mayo, la obligación ante el Infonavit se cumplirá a más tardar el próximo 5 de junio.

Multa por incumplimiento

Los empleadores que omitan esta obligación serán acreedores a una multa de 151 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, por un monto de $15,664.74 a $20,748.00 –ya que valor diario de esa referencia equivale a $103.74–, como establecen los preceptos 6, fracción XV y 8, fracción I, del Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones (RMI).

Lo invitamos a descargar desde la plataforma Checkpoint el formato DO-01 en versión editable, además de que podrá consultar más información sobre este y otros trámites en materia laboral y seguridad social.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts