Un mes más para aplicar regulación del outsourcing
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en la edición vespertina del DOF de este 31 de julio, la modificación de seis artículos transitorios del Decreto de reforma a la subcontratación u outsourcing laboral −dado a conocer el pasado 23 de abril−, con la finalidad de aplazar hasta el próximo 1 de septiembre la entrada en vigor de las nuevas obligaciones provenientes del empleo y práctica de la subcontratación de servicios u obras especializados.
La reforma al régimen transitorio para la implementación de las nuevas reglas de la subcontratación laboral fue aprobada el 30 de julio en la sesión extraordinaria del Pleno de las Cámaras de Diputados y de Senadores, remitiéndose el proyecto de Decreto al Ejecutivo Federal para su promulgación.
Así, un día antes de que entrasen en vigor (1 de agosto) los cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en materia de subcontratación, la STPS dio a conocer el “Decreto por el que se reforman los Artículos Transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado el 23 de abril de 2021”.
Con ello, se amplía el plazo por 30 días más para que las empresas dedicadas al outsourcing o subcontratación cumplan con sus nuevas obligaciones ante el Gobierno Federal; es decir: (i) con la inscripción en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE); (ii) el trámite de baja de registros patronales por clase ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y (iii) la entrega a ese Instituto de la información de los contratos de prestación de servicios u obras especializadas celebrados en el cuatrimestre (mayo a agosto).
De igual manera, se prorroga hasta el 1 de septiembre el plazo para que las empresas con personal en outsourcing o insourcing lo incorporen a su plantilla laboral, ya sea con la celebración de un convenio de sustitución patronal ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o bien, mediante cualquier otra figura jurídica que permita al personal conservar su fuente de trabajo con el reconocimiento de los derechos generados.
Las consecuencias fiscales que derivan del ejercicio de la subcontratación conforme al nuevo marco legal surtirán efecto también hasta el 1 de septiembre.
Por último, puede consultarse en la plataforma Checkpoint el texto completo del Decreto modificatorio con el cual se extiende el plazo fijado inicialmente para la aplicación de las nuevas reglas del outsouring.
