Laboral y Seguridad Social

Avanza aprobación de la reforma a la LFT para reducir la jornada laboral

Este 8 de abril, el Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general, con 107 votos a favor y 87 en lo particular, el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas a la semana, el cual fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.

Esta reforma, presentada por la titular del Ejecutivo Federal, tiene como finalidad armonizar la LFT con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la cual ya reconoce la necesidad de limitar jornadas laborales excesivas. Lo anterior, busca garantizar un equilibrio adecuado entre el trabajo y el descanso digno y reparador que salvaguarde la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas trabajadoras.

De acuerdo con el dictamen de las comisiones de la Cámara de Senadores, la propuesta es el resultado de más de 40 reuniones de trabajo celebradas entre noviembre de 2024 y julio de 2025 en diversas entidades federativas. Dichos encuentros fueron organizados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y contaron con la participación de más de 2,000 representantes de los sectores obrero, empresarial, sindical y académico, así como de organismos internacionales y de la sociedad civil.

El documento también señala que las jornadas excesivas tienen efectos en la salud, incrementan los niveles el estrés y no necesariamente se traducen en una mayor productividad. En este contexto, se estima que la reducción de la jornada laboral beneficiará a más de 13.4 millones de personas trabajadoras que laboran más de 48 horas semanales.

De esta manera, el dictamen aprobado con modificaciones por la Cámara de Senadores, y turnado a la de diputados, establece, entre otros, los siguientes aspectos relevantes:

  1. Distribución de la jornada. Se precisa que la jornada laboral podrá distribuirse de común acuerdo entre la persona empleadora y la persona trabajadoras.
  1. Reducción de jornada. La duración máxima de la jornada ordinaria será de 40 horas semanales.
  1. Horas extraordinarias. Se modifica el régimen de trabajo extraordinario, permitiendo la prolongación de la jornada por circunstancias excepcionales, bajo las siguientes reglas:

a) Las horas extra se pagarán con un cien por ciento adicional al salario fijado para la hora ordinaria.

b) El trabajo extraordinario no podrá exceder de 12 horas semanales, distribuidas hasta en cuatro horas diarias y en un máximo de cuatro días por semana.

c) Si se rebasa ese límite, el exceso no podrá ser mayor a cuatro horas por semana y deberá pagarse con un 200% adicional sobre el salario de la hora ordinaria.

d) La suma de la jornada ordinaria y extraordinaria nunca podrá exceder de 12 horas diarias.

  1. Descanso semanal. Se mantiene la obligación de otorgar, por cada seis días de trabajo, al menos un día de día de descanso con goce de salario íntegro.
  1. Obligación patronal. El empleador debe registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, indicando horario de inicio y finalización. Ese registro se proporcionará a la autoridad cuando lo requiera.
  1. Sanción. Se establece una multa de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), para quienes incumplan con el registro electrónico de la jornada.
  1. Materialización gradual. Una disposición transitoria estipula que la reducción de la jornada laboral, así como los límites a la jornada extraordinaria, se aplicarán de manera gradual de 2026 a 2030, a partir del 1 de enero del año que corresponda, como sigue:
Año

Jornada laboral

máxima semanal

Horas extra semanales

2026

48 horas 9 horas

2027

46 horas

9 horas

2028

44 horas

10 horas
2029 42 horas

11 horas

2030

40 horas

12 horas

De aprobarse en su totalidad, las reformas entrarían en vigor el 1 de mayo de 2026, con una implementación progresiva. Por ello, se recomienda a las empresas y áreas de recursos humanos dar seguimiento al proceso legislativo en la Cámara Baja, con la finalidad de anticipar los ajustes necesarios para el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts