Laboral y Seguridad Social

Amplían vigencia de beneficios fiscales para patrones y trabajadores eventuales del campo

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer en el DOF de este 20 de diciembre, el “Decreto que modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007”, con la finalidad de extender la vigencia del estímulo fiscal para ese sector que facilite el cumplimiento de sus deberes en materia de seguridad social.

Con ese decreto, el Gobierno Federal continuará otorgando apoyos a ese importante sector productivo, que permitirá que tanto los trabajadores eventuales del campo como sus empleadores sigan recibiendo un beneficio fiscal consistente en la exención parcial de las cuotas obrero patronales (COP) relativas a los seguros de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como guarderías y prestaciones sociales que correspondan, al ampliar la vigencia de ese beneficio fiscal durante 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024.

Para ello, se reforma el artículo Segundo del decreto del 27 de julio de 2007, para establecer que se exime parcialmente a los patrones y a los trabajadores eventuales del campo, de la obligación de pagar las COP de los seguros referidos, hasta por un monto equivalente a la diferencia que resulte entre las cuotas que se calculen conforme al salario base de cotización (SBC) respectivo y las que resulten de considerar –para las entidades federativas de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN)– 3.10 y 3.50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2023 y 2024, respectivamente, siempre y cuando el SBC sea superior a ese valor.

En tanto, para el resto del país el cálculo de ese crédito fiscal se realizará tomando en cuenta 2.70 y 3.00 veces el valor diario de la UMA que esté vigente en 2023 y 2024, respectivamente.

Por otra parte, el decreto precisa que las reglas a que se refiere el “Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo”, publicado en el DOF el 24 de julio de 2007, aprobadas por el Consejo Técnico del IMSS, mediante Acuerdo número ACDO-HCT-150807/336.P.(D.I.R.), difundido en el referido medio oficial el 21 de septiembre de 2007, seguirán aplicándose en lo que no se oponga al presente decreto y hasta en tanto el citado órgano emita las nuevas reglas.

El decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023, y puede consultarse en el ProView Compilación Laboral y el servicio Checkpoint.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts