Laboral y Seguridad Social

STPS define reglas para obtener el Certificado Laboral para la Agroexportación

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF del 15 de junio el “Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos relativos al Certificado Laboral para la Agroexportación a que se refiere el artículo 283 Quáter de la Ley Federal del Trabajo”. Este instrumento tiene como finalidad acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de los participantes en la cadena de valor del sector agrícola.

El Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA) está previsto en el artículo 283 Quáter de la Ley Federal del Trabajo (LFT), incorporado con la reforma del 1 de mayo de 2026, y surge como respuesta a diversos compromisos y necesidades, tanto nacionales como internacionales, orientados a fortalecer la competitividad de la agroindustria mexicana.

Ese documento será emitido por la STPS en los términos y condiciones establecidos en las disposiciones generales aplicables, las cuales describen el fundamento jurídico, objetivos, proceso de solicitud, documentación requerida, y las atribuciones de los autoridades involucradas.

Por ello, a continuación, se presentan los aspectos más relevantes:

¿Qué es el CLA?

Documento obligatorio e intransferible para los exportadores agrícolas que acredita el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de las personas físicas o morales que participan en la cadena de valor de productos agrícolas. Deberá declararse en el pedimento al momento del despacho aduanero a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE).

¿Cuál es el objetivo del certificado?

Demostrar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, con el propósito de garantizar la observancia integral por parte de la proveeduría y demás agentes económicos de la cadena de valor. Para ello, se emplearán mecanismos técnicos de verificación que contribuyan a asegurar las condiciones de trabajo digno en todo el proceso productivo.

Sujetos obligados a obtenerlo

Personas físicas y morales que participen en la cadena de valor del sector agrícola, tales como:

• Empresas

• Unidades de producción

• Centros de corte y empaque

• Intermediarios

• Prestadores de servicios

• Cualquier otro participante vinculado con la producción, procesamiento, comercialización o exportación de productos agrícolas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Cómo se tramita?

• La solicitud se realiza de manera electrónica a través de la plataforma VELAGRO (https://velagro.stps.gob.mx/), utilizando la firma electrónica avanzada (e.firma) vigente emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

• Proporcionar  información y documentación relativa a la empresa y a los participantes en la cadena de valor, incluyendo:

– Registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

– Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

– Domicilios

– Volumen a exportar

– Documentación sobre procesos de producción, empaque, comercialización y  exportación

– Evidencia del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social

• La STPS resolverá la solicitud en un plazo máximo de cinco días hábiles. En caso de no emitir resolución, se entenderá otorgada en sentido positivo.

 

Vigencia del certificado

La STPS determinará la vigencia del certificado con base en el nivel de cumplimiento continuo de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social de los participantes en la cadena de valor.

Programa piloto

Se implementará un programa piloto con duración de 12 meses por cada producto agrícola que se determine mediante acuerdo. Durante esta etapa, la falta del certificado no impedirá la obtención del pedimento de exportación a través de la VUTCE.

Supervisión del cumplimiento

La STPS, a través de la Unidad de Trabajo Digno, será responsable de:

• Administrar, operar, interpretar y supervisar el cumplimiento del Acuerdo y de la plataforma VELAGRO.

• Coordinar e intercambiar información con el IMSS, el SAT, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) y la Secretaría de Economía (SE), para verificar el cumplimiento de las obligaciones.

 

Interpretación de las disposiciones

Corresponderá a la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, sin perjuicio de las atribuciones específicas del IMSS en su ámbito de competencia.

 

 

 

 

 

El Acuerdo entró en vigor el 16 de junio, es decir, al día siguiente de su publicación en el DOF.

No obstante, dentro de los 90 días naturales siguientes, la STPS deberá emitir los lineamientos de operación del programa VELAGRO, así como criterios técnicos complementarios.

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts