Aprueban garantizar el derecho a la salud mental en el trabajo
El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó este 14 de febrero con 89 votos a favor el dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera, que contiene el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de promoción y garantía del derecho humano a la salud mental en el trabajo.
Con ese proyecto de decreto se modificarán los artículos 3, en sus párrafos segundo y último, 25, fracciones VIII, IX y X, y 512; y se adicionará al artículo 25, la fracción XI, todos de la LFT.
De esa manera, el dictamen avalado por los senadores establece que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solo la ausencia de afecciones o enfermedades.
Por ello, el marco legal en la materia debe considerar que, así como se procura la protección de la salud física, es indispensable que las autoridades garanticen el derecho al bienestar mental en todos los ámbitos de la vida de una persona.
El documento legislativo también indica que con la pandemia de Covid-19 se hizo necesario atender la salud mental de los trabajadores, pues en México existen miles de personas que padecen alguna enfermedad de ese tipo, como estrés, ansiedad y depresión; sin embargo, no reciben los tratamientos adecuados.
En ese sentido, los senadores coincidieron en la urgencia de eliminar de inmediato las conductas y prácticas que siguen presentes en los centros laborales y que ponen en riesgo o deterioran la salud mental de los colaboradores, como son las jornadas excesivas; la falta de equilibrio entre la vida laboral y familiar; la sobrecarga de actividades; conductas de acoso, y la falta de comunicación.
Por tanto, esta reforma plantea que los empleadores deben procurar el bienestar laboral de sus colaboradores mediante las acciones siguientes, entre otras:
- Crear un Programa Integral para la Promoción y Protección del Derecho Humano a la Salud Mental en el Trabajo, como parte de las condiciones generales de trabajo.
- Proteger la salud mental y priorizar entornos laborales no hostiles. En los centros de trabajo se deberá implementar una jornada de salud mental cada seis meses, con duración mínima de dos días, para realizar en sus instalaciones pláticas, actividades, etc., impartidas por profesionales certificados en psiquiatría, para prevenir y detectar de manera oportuna trastornos del comportamiento y la conducta derivados del trabajo.
- Instituir un protocolo para la prevención y erradicación de las violencias, incluidas las verbal y económica, y los malos tratos psicológicos que vulneren la salud mental de los empleados. Asimismo, tendrá que considerar mecanismo de denuncias, sanciones y herramientas para la reparación del daño y el otorgamiento de garantías de no repetición.
- Erradicación del lenguaje y las conductas estigmatizantes de las personas usuarias de la salud mental.
El proyecto de decreto se remitió a la Cámara Baja para continuar con su proceso legislativo, por lo cual, de ser aprobado también por esta, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Finalmente, se recomienda estar atentos a los avances de su discusión, pues una vez aprobado, la publicación oficial estará disponible en la plataforma Checkpoint.
