Laboral y Seguridad Social

PROFEDET: Trabajadores pueden reclamar utilidades no pagadas

Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y la Ley Federal del Trabajo (LFT), durante los meses de mayo y junio de cada año los empleadores —personas morales y físicas, respectivamente— está obligadas a pagar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Este derecho reconoce la contribución de las personas trabajadoras a la generación de ganancias de las empresas o negocios, derivado de su actividad productiva o los servicios que ofrecen.

Al concluir el 30 de mayo el plazo legal para el pago de la PTU correspondiente a las personas morales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) insta a las personas trabajadoras que no hayan obtenido esa prestación, o que la recibieron de forma incompleta, a acudir a la institución para recibir orientación y apoyo jurídico gratuito que les permita reclamarla.

Asimismo, la Procuraduría invita a los trabajadores a verificar que el monto recibido por concepto de PTU se ajuste a lo previsto en la ley y, en caso de inconsistencias o tener dudas, solicitar asesoría especializada.

En ese sentido, la dependencia recuerda que, conforme al artículo 516 de la LFT, las personas trabajadoras cuentan con un plazo de un año, contado a partir del día siguiente al vencimiento de la fecha límite para el pago, para exigir el cumplimiento de esta prestación.

Por ello, la PROFEDET pone a disposición sus servicios gratuitos de conciliación, asesoría, orientación y representación legal, con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia laboral y atender posibles incumplimientos en prestaciones obligatorias, como la PTU.

Para recibir asesoría, se recomienda acudir con identificación oficial, comprobantes de trabajo (contrato) y recibos de nómina, aunque no es indispensable contar con todos los documentos

Las personas interesadas pueden comunicarse al 079, la línea de atención del Gobierno de México, o al teléfono central de la Procuraduría: 55 5003 1000, extensiones 44741, 44780, 44781, 44785, 44786 y 44699. También pueden acudir a la oficina más cercada de la dependencia en su entidad federativa.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts