Laboral y Seguridad Social

STPS agiliza registro de agencias de colocación y servicios especializados

En el DOF del 9 de junio, la Secretaría del Trabajo Previsión Social (STPS) publicó el “Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la STPS”, con el objetivo de reducir cargas administrativas, eliminar requisitos documentales, fusionar trámites, actualizar formatos y disminuir los tiempos de respuesta en diversos procedimientos que se realizan ante la dependencia, principalmente relacionados con agencias de colocación de trabajadores, y el Registro de Prestadoras de Servicios u Obras  Especializadas (REPSE).

El Acuerdo se emite en el marco de la política de simplificación, digitalización y mejora regulatoria, con fundamento, entre otros ordenamientos, en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB).

Por ello, los aspectos de esta disposición son los siguientes:

Eliminación de requisitos en trámites de agencias de colocación

Se suprime la obligación de presentar información del solicitante, comprobantes de domicilio, constancia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), registro patronal, así como identificaciones oficiales u otros documentos que antes se solicitaban, en diversas gestiones aplicables a las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro y sin ellos.

En ese sentido, los trámites impactados son:

  • Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de agencias con fines de lucro.
  • Inscripción de sucursales.
  • Aviso de constitución e inicio de funcionamiento de agencias sin fines de lucro.
  • Aviso de suspensión temporal o cierre definitivo.
  • Aviso de cambio de domicilio.
  • Prórroga de autorización y registro.
  • Informe sobre participación en el mercado de trabajo.
  • Solicitud de modificación de tarifa.

Fusión de trámites

Se integran en un solo trámite la solicitud de autorización y registro de funcionamiento y el aviso de constitución e inicio de funcionamiento, el cual se denominada “Solicitud de autorización e inicio de funcionamiento de las Agencias de Colocación de Trabajadores”.

Simplificación del REPSE

Los trámites de inscripción, renovación y cancelación del referido registro se integran en un solo trámite denominado “Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas”.

Asimismo, se reducen los requisitos para personas físicas y morales que cuenten con hasta 10 personas trabajadoras, quienes ya no deberán presentar identificación oficial, poder notarial, comprobante de domicilio, información de nómina, registro patronal  ni cédula de determinación de cuotas.

Por su parte, las personas físicas o morales con más de 10 personas trabajadoras seguirán sujetas a requisitos más amplios.

Disminución de tiempos de resolución

El Acuerdo reduce los plazos de respuesta de la STPS, como se muestra a continuación:

Trámite

Plazo anterior

Nuevo plazo
Inscripción de sucursales de Agencias de Colocación

15 días hábiles

7 días hábiles

Aviso de suspensión temporal o cierre definitivo

No aplicaba

Inmediato

Aviso de cambio de domicilio No aplicaba Inmediato
Prórroga de autorización y registro 15 días hábiles 7 días hábiles
Solicitud de autorización e inicio de funcionamiento de Agencias de Colocación 15 días hábiles 10 días hábiles
Informe sobre participación en el mercado de trabajo 5 días hábiles Inmediato
Modificación de tarifa 15 días hábiles 1 día hábil
REPSE para personas físicas o morales con hasta 10 trabajadores  

20 días hábiles

 

5 días hábiles

REPSE para personas físicas o morales con más de 10 trabajadores  

20 días hábiles

 

15 días hábiles

Inicio de vigencia

El Acuerdo entró en vigor el día hábil siguiente a su publicación en el DOF, esto es, el 10 de junio de 2026, y puede consultarse en el servicio Checkpoint.

Consideraciones finales

El Acuerdo constituye una medida de simplificación administrativa en materia laboral ante la STPS. Entre sus principales efectos destacan la reducción de requisitos, la fusión de trámites, la disminución de tiempos de respuesta y la simplificación del REPSE.

En ese sentido, es importante que las empresas y personas físicas obligadas al REPSE verifiquen si cuentan con hasta 10 trabajadores o con más, ya que de ello dependerán los requisitos aplicables y el plazo de resolución.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts