Designarán a integrantes de la Asamblea General del INFONAVIT
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF del 28 de febrero la “Convocatoria a las organizaciones de personas trabajadoras y empleadoras que se indican, para que designen a los integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”, en cumplimiento a las disposiciones del artículo tercero transitorio, fracción I, del decreto de reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT) y de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de vivienda con orientación social, dado a conocer en el DOF el 21 de febrero.
De acuerdo con las recientes modificaciones, se redujo el número de integrantes que conforman los distintos órganos colegiados del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
Así, el artículo 7 de la LINFONAVIT establece que la Asamblea General –autoridad suprema del Instituto–, se integrará de manera tripartita con 30 personas, de las cuales 10 las designará el Ejecutivo Federal, 10 más las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y el resto las organizaciones nacionales de empleadores, y durarán en su encargo seis años.
Para tal efecto, la STPS emitió el 24 de febrero las “Bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”, las cuales contienen los requisitos y el número de representantes que podrá nombrar cada organización, considerando su tipo (confederación o sindicato nacional); el número de afiliados que tienen para definir las mayoritarias, y la proporcionalidad, de acuerdo con el tamaño de la afiliación.
En términos de esas bases, la Secretaría publicará en el DOF y en tres periódicos de circulación nacional, con 15 días naturales previos a la fecha en que deba renovarse la Asamblea General, la convocatoria para que las organizaciones de trabajadores y empleadores hagan la designación de sus integrantes ante ese órgano.
De esta manera, las siguientes organizaciones con derecho a nombrar representantes, realizarán las designaciones de los propietarios y suplentes, dentro de los tres días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria:
|
Organizaciones nacionales de personas trabajadoras |
Número de representantes |
Organizaciones nacionales de personas empleadoras |
Número de representantes |
| Confederación de Trabajadores de México (CTM) | Cuatro | Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servytur) | Cinco |
| Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) | Dos | Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin) | Tres |
| Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM) | Uno | Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) | Dos |
| Federación Nacional de Sindicatos Bancarios (FENASIB) | Uno | ||
| Confederación Internacional de Trabajadores (CIT) | Uno | ||
| Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS) | Uno |
La STPS, revisará que las personas designadas por las organizaciones cumplan con los requisitos para ser miembros de la Asamblea General del Instituto, y en caso de que incumplan estos, la dependencia notificará al gremio correspondiente para que realice un nuevo nombramiento.
Por último, la Secretaría informará al INFONAVIT las designaciones para que los representantes sean citados para la instalación del órgano supremo.
Las bases y la convocatoria para la designación de los integrantes de la Asamblea General del organismo de vivienda pueden consultarse en la plataforma Checkpoint.
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