IMSS actualiza montos mínimos para pago de subsidios en cuenta bancaria
Como parte del “Programa de Mejora para el Pago de Subsidios, a través de la Universalidad del Pago en Cuenta Bancaria”, que implementa el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desde 2018 para sustituir gradualmente los mecanismos tradicionales de pago de esas prestaciones económicas, el 5 de octubre se dieron a conocer los nuevos montos mínimos a partir de los cuales los subsidios derivados de incapacidades temporales por enfermedad general, riesgos de trabajo y maternidad deberán pagarse obligatoriamente mediante depósito en una cuenta bancaria de la persona trabajadora asegurada.
Para ello, el IMSS publicó en el DOF del 5 de octubre el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.020926/266.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión extraordinaria del día 02 de septiembre de 2026, relativo a la modificación de los parámetros para fortalecer y ampliar el acreditamiento en cuenta bancaria como medio de pago de los subsidios derivados de una incapacidad temporal para el trabajo, en materia de enfermedad general, riesgos de trabajo y maternidad que prevé la Ley del Seguro Social”, el cual está vigente desde el día siguiente a su publicación, es decir, el 6 de octubre.
Nuevos límites para el pago de subsidios en cuenta bancaria
Mediante este Acuerdo, el IMSS aprobó nuevos parámetros monetarios que determinan cuándo el subsidio tendrá que pagarse de manera obligatoria mediante depósito en cuenta bancaria, según el tipo de incapacidad que le dé origine:
|
Tipo de incapacidad |
Parámetro mínimo |
Monto mínimo monetario |
| Enfermedad general | 9 salarios mínimos (SM) | $2,835.36 |
| Riesgos de trabajo | 16 SM | $5,040.64 |
| Maternidad | 99 SM | $31,188.96 |
El Acuerdo establece que esos importes se calcularon con base en un salario mínimo de $315.04 diarios.
¿Cómo se aplicarán estos montos?
La aplicación en el pago del subsidio será como sigue:
- Subsidios iguales o superiores al monto establecido. Cuando el importe del subsidio sea igual o superior al monto aplicable según el tipo de incapacidad, el IMSS efectuará el pago mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria registrada por la persona asegurada.
- Subsidios inferiores al monto fijado. Si el subsidio es menor al parámetro correspondiente, el depósito bancario no será obligatorio. Sin embargo, el personal del área de Prestaciones Económicas deberá promover que la persona trabajadora asegurada registre voluntariamente una cuenta bancaria para recibir el pago por esa vía.
Por ejemplo, si una persona trabajadora obtiene un subsidio por enfermedad general por un monto de $4,600, dicho importe rebasa el límite de $2,835.36 previsto para esa contingencia. En consecuencia, el pago deberá realizarse mediante depósito en la cuenta bancaria registrada ante el IMSS.
No cambian requisitos ni cuantía de subsidios
El IMSS aclaró que esta medida únicamente modifica el mecanismo de pago. Por tanto, los requisitos para acceder a los subsidios, la cuantía de las prestaciones, la vigencia de derechos y las demás condiciones previstas en la Ley del Seguro Social (LSS) para obtenerlos permanecen sin cambios.
Ventajas de la medida
La actualización presenta beneficios tanto para el Instituto como para las personas aseguradas. Por una parte, reduce el uso de pagos en ventanilla y fortalece la seguridad y trazabilidad de los recursos, ya que la dispersión en una cuenta previamente validada disminuye riesgos de extravío, suplantación de identidad, cobro indebido por terceros o errores en la entrega.
Asimismo, debido a que la cuenta bancaria debe estar a nombre de la persona con derecho al subsidio, los recursos se depositan directamente al beneficiario identificado por el sistema financiero. Esto genera evidencia electrónica verificable de la fecha del pago, la cuenta de destino y el importe transferido, lo que facilita las aclaraciones o la atención de posibles incidencias.
En ese sentido, es importante que el trabajador asegurado solicite el registro o mantenga actualizada su CLABE bancaria ante el IMSS, ya sea a través del Escritorio Virtual utilizando su e.firma, o bien de manera presencial en la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda.
Finalmente, el Acuerdo puede consultarse en la plataforma Checkpoint.
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