Inconstitucional perder la pensión por viudez al volver a casarse: SCJN
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la pérdida de la pensión por viudez al contraer nuevas nupcias o iniciar una relación de concubinato es inconstitucional.
Dicha resolución se basó en el artículo 155, primer párrafo de la Ley del Seguro Social, el cual establece que cuando un asegurado queda en la cesantía en edad avanzada, el Instituto está obligado a otorgarle prestaciones en: pensión, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial.
La Corte argumentó que privar a una persona de su pensión por viudez debido a su estado civil constituye un trato diferenciado e injustificado, pues este tipo de medidas restringe el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, el cual incluye la posibilidad de construir nuevos proyectos de vida; sería contrario a los principios fundamentales de igualdad, no discriminación y a la seguridad social.
Con esta resolución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirmó su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, garantizando:
- Igualdad y no discriminación: La Corte reconoció que la pérdida de la pensión por este motivo implicaba un trato desigual e injustificado para las personas que deciden reconstruir su vida afectiva.
- Respeto a la vida privada y familiar: La decisión de volver a casarse o vivir en pareja es una elección personal que no debe afectar el derecho a una seguridad económica.
- Protección de los derechos fundamentales: La pensión por viudez es un derecho adquirido que contribuye a garantizar el bienestar de las personas que han perdido a su pareja.
Cabe destacar que esta no es la primera vez que la Corte se pronuncia en contra de la pérdida de la pensión por viudez. En el amparo en revisión 207/2023, la Segunda Sala ya había declarado inconstitucional una disposición similar en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
En conclusión, dicha decisión de la SCJN representa un avance significativo en materia de seguridad social, al reconocer el derecho de las viudas y viudos a mantener su pensión, independientemente de su estado civil, promoviendo así una mayor justicia social y protección a la dignidad de las personas.
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Fátima Osorio
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