Laboral y Seguridad Social

Prueba piloto para afiliar al IMSS e Infonavit a trabajadores de plataformas digitales

Los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dieron a conocer en el DOF de los días 24 y 26 de junio, las reglas generales para la operación del programa piloto obligatorio con el cual las personas trabajadoras de plataformas digitales ―a partir del 1 de julio―, serán incorporadas al sistema de seguridad social y vivienda que otorgan esos organismos públicos, beneficios que adquieren en términos de la nueva regulación publicada el 24 de diciembre de 2024.

El Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.270525/132.P.DIR del IMSS, por el que se aprueban las “Reglas de carácter general de la prueba piloto para la incorporación de las personas trabajadoras de plataformas digitales al régimen obligatorio del Seguro Social”; y el Aviso por el que se hace del conocimiento las Reglas de carácter general para regular la participación del Infonavit en esa prueba piloto, difundidas en el DOF los días 24 y 26 de junio, respectivamente, tienen como finalidad garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones que en su calidad de empleadores asumirán las empresas de plataformas digitales con respecto a los trabajadores contratados a través de estas, que realizan servicios de transporte, reparto, mensajería, etc.

De esa manera, entre las obligaciones y procedimientos que deben atender los patrones que administran o gestionan servicios a través de plataformas digitales y sus trabajadores, según las reglas publicadas, destaca lo siguiente:

Obligaciones del empleador 

  1. Inscribirse como patrón de plataformas digitales ante el IMSS e Infonavit, y obtener un registro nacional o regional.
  2. Registrar a los trabajadores de plataformas elegibles en el IMSS, por lo menos con el salario mínimo general diario vigente en la Ciudad de México (CDMX).
  3. Informar sobre los accidentes laborales ocurridos a los empleados.
  4. Identificar qué trabajadores califican para la cobertura del Seguro Social cada mes.
  5. Ajustar el salario base de los trabajadores según sus contribuciones mensualmente.
  6. Determinar, retener y pagar las cuotas obrero patronales y aportaciones de vivienda del 5%, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al aseguramiento, de acuerdo con los salarios de los trabajadores, utilizando el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS y, en su caso, la cédula de determinación propuesta por ambos institutos.
  7. Avisar al Infonavit sobre los cambios de domicilio, denominación o razón social, altas, bajas y modificaciones salariales.
  8. Proporcionar al Infonavit la información necesaria para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de sus obligaciones.
  9. Permitir inspecciones y visitas domiciliarias del Infonavit para verificar el cumplimiento de obligaciones.
  10. Atender requerimientos de pago e información que emita el Infonavit.

Cobertura para el trabajador

Las personas trabajadoras de plataformas digitales que accederán a la seguridad social y vivienda serán aquellas que hayan generado ingresos netos equivalentes por lo menos a un salario mínimo mensual de la CDMX; es decir, $8,364.00.

Quienes no cumplan con ese requisito se considerarán independientes y podrán afiliarse mediante la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social.

Sin embargo, en caso de accidente, todos estarán protegidos por el seguro de riesgos de trabajo durante el periodo de incapacidad, incluso aquellos que están por debajo del umbral.

Otras consideraciones

  • La afiliación de estos colaboradores es compatible con las pensiones y el régimen de continuación voluntaria.
  • Los empleadores tienen que habilitar el Buzón IMSS y cooperar con las autoridades laborales.
  • El IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrán compartir información y realizar verificaciones conjuntas.

Por último, se establece que el IMSS cuenta con 180 días naturales, contados a partir de la publicación de las reglas, para que con base en los resultados de la prueba piloto evalúen los resultados y propongan cambios legislativos para simplificar el cumplimiento de las obligaciones.

Lo invitamos a consultar en la plataforma Checkpoint la normatividad completa que regula el trabajo en plataformas digitales y los derechos que la Ley Federal del Trabajo (LFT) les atribuye a las personas trabajadoras de ese sector a partir del 22 de junio, fecha de entrada en vigor de las reformas dadas a conocer el 24 de diciembre de 2024.

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Beatriz Ramírez
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México |  + posts