Fiscal

Aviso electrónico, no forma parte de la notificación por buzón tributario: TFJA

El buzón tributario es un canal de comunicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que permite a los contribuyentes interactuar con la autoridad fiscal de manera digital.

La función principal del buzón tributario es la notificación electrónica, que consiste en el envío de actos administrativos, como declaraciones, requerimientos y resoluciones, directamente al contribuyente.

Recientemente, el pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) emitió un importante criterio que dio origen a la jurisprudencia núm. IX-J-SS-104 que lleva por rubro: NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA POR BUZÓN TRIBUTARIO.- EL AVISO ELECTRÓNICO DE NOTIFICACIÓN PENDIENTE, ENVIADO AL MEDIO DE COMUNICACIÓN SEÑALADO POR EL CONTRIBUYENTE, NO FORMA PARTE DE LA NOTIFICACIÓN, NI GENERA UN ACUSE DE RECIBO QUE ACREDITE SU RECEPCIÓN, publicada en la revista del TFJA del mes de julio., en el que señala que el aviso electrónico de notificación pendiente, que se envía al medio de contacto señalado por el contribuyente, no forma parte de la notificación en sí misma.

Este aviso solo sirve para alertar al contribuyente de que tiene un nuevo documento en su buzón tributario que debe revisar.

La notificación electrónica se considera realizada hasta que el contribuyente abre el documento y genera el acuse de recibo. Este es un documento digital con firma electrónica que confirma la recepción del acto administrativo.

Cabe señalar que, para que una notificación electrónica sea válida, se tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • El SAT debe enviar el aviso electrónico de notificación pendiente al contribuyente.
  • El sujeto debe abrir el documento digital dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción del aviso.
  • El contribuyente debe generar el acuse de recibo al abrir el documento digital.
  • Si el contribuyente no abre el documento digital dentro del plazo de tres días hábiles, la notificación se considerará realizada al cuarto día.

Es importante destacar que, el SAT no está obligado a recabar un acuse de recibo del aviso electrónico de notificación pendiente. Este solo sirve para informar al contribuyente de que tiene un nuevo documento en su buzón tributario.

La notificación electrónica por buzón tributario es una forma segura y eficiente para que el SAT comunique actos administrativos a los contribuyentes. Sin embargo, es importante que los sujetos estén atentos a los avisos electrónicos y abran los documentos digitales en el plazo establecido para que la notificación se considere válida.

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Fátima Osorio
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts