Publican nuevo formato de estado de cuenta en tarjeta de crédito

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) publicó en el DOF del 29 de diciembre, el “Acuerdo por el que se da a conocer a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas, el formato de estado de cuenta estandarizado de tarjeta de crédito para personas físicas, así como su guía de llenado”.

Este tiene por objeto establecer el formato y la guía de llenado que deberán emplear las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas, para los estados de cuenta que emitan en los créditos en cuenta corriente asociados a tarjetas de crédito.

Dentro de los aspectos más sobresalientes de los 28 apartados que lo componen destacan los siguientes:

  • La característica principal del nuevo formato es que será más minucioso con el fin de que los usuarios del servicio de tarjeta de crédito tenga un análisis detallado de los costos y plazos de deuda, así como el impacto de los pagos en mensualidades.
  • Toda la información contenida en los estados de cuenta debe ser congruente y coincidir con lo pactado con el usuario en el contrato de adhesión correspondiente. Las financieras deberán emitir un estado de cuenta por cada producto contratado.
  • La entidad financiera estará obligada a entregar a los usuarios los estados de cuenta a través de los medios pactados en el contrato de adhesión respectivo y en el idioma español. Podrá imprimir en blanco y negro el estado que envíe al domicilio del tarjetahabiente o el que proporcione de forma física en la sucursal, sin embargo, toda versión electrónica deberá mostrarse a color y en formato PDF para su descarga.
  • La institución financiera podrá colocar publicidad dentro del estado de cuenta, exclusivamente en las secciones de uso libre o al final de este.
  • Resumen de cargos detallada y abonos del periodo e indicadores del costo anual de la tarjeta.

Cabe mencionar que las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple y entidades reguladas  deberán emplear el formato y guía de llenado de forma obligatoria a partir del 17 de octubre de 2024 en atención a la Disposición en Materia de Registros de la CONDUSEF, en la cúal se especifica que este cambio se tenía contemplado en un periodo máximo de 24 meses.

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Fátima Osorio
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts