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Publican cambios en Módulo de Atención Electrónica de Banxico

En el DOF del 1 de febrero se dio a conocer la “Circular 1/2023 dirigida a las Entidades e Intermediarios Financieros sujetos a la regulación y supervisión del Banco de México, relativa a las modificaciones a la Circular 13/2012 (Módulo de Atención Electrónica)”.

En ella se da conocer el procedimiento de operación del Módulo de Atención Electrónica (MAE) y del Registro de Comisiones (RECO), así como las modificaciones a los requisitos para ser Representante Calificado.

¿Qué es el MAE?

Son las siglas del Módulo de Atención Electrónica del Banco de México y este es el medio a través del cual:

  1. Las entidades financieras, organismos y autoridades pueden: presentar solicitudes y documentación adicional; consultar los requerimientos de información complementaria que reciban por parte del banco central; presentar contestaciones de actos, acreditar o revocar ante el Banco de México a Representantes Calificados y operadores para el MAE, así como conocer los actos, resoluciones, respuestas y los recursos de reconsideración y de revisión.
  2. El Banco de México comunicará a las entidades: respuestas, oficios de imputación de incumplimientos, resoluciones, requerimientos de información, documentos informativos, órdenes de visitas de inspección y dictámenes que contemplan las Reglas de Supervisión y demás actos.

Cambios en los requisitos para participar en el MAE

1.Acreditación inicial de Representantes Calificados para llevar a cabo los actos que correspondan realizarse por medio del MAE o del RECO

Cada entidad deberá solicitar al Banco de México por medio de su director general, titular del área jurídica o de área relacionada con la presentación de solicitudes y contestación de actos, la acreditación de las personas que podrán realizar funciones de Representantes Calificados, representantes y operadores para el MAE y, en su caso, representantes y operadores para el RECO para llevar a cabo los actos que correspondan.

2.Acreditación adicional para el MAE

Las entidades podrán solicitar la acreditación de representantes y operadores para el MAE, representantes y operadores para el RECO, adicionales a los acreditados siguiendo las mismas reglas..

3.Revocación de la acreditación de Representantes Calificados

Las entidades podrán revocar la acreditación de representantes y operadores para el MAE, mediante aviso en que se tiene que dar a conocer el nombre de las personas cuya designación se revoca, pero estas tienen que conservar en todo momento la acreditación de al menos un representante para el MAE.

Cambios en el procedimiento y operación del MAE y del RECO

Presentación de trámites: las entidades que presenten solicitudes, contestación de actos, documentación adicional, avisos o atención de requerimientos de información, recursos de reconsideración o de revisión y de sus promociones de trámite deberán hacerlo mediante el MAE o del RECO con las respectivas firmas electrónicas del Representante Calificado. El Banco de México expedirá un comprobante correspondiente a través del MAE o del RECO según corresponda

La presentación de la diligencia no acreditará que dicha documentación cumple con los requisitos respectivos.

Horario: la documentación que ingrese al MAE de las 9:00 a las 16:00 horas, se tendrá por recibida el mismo día hábil y la documentación ingresada con posterioridad a ese horario se tendrá por recibida el día hábil inmediato siguiente, con excepción de aquellas promociones relativas al recurso de revisión, así como las que se presenten dentro de los procedimientos administrativos a los que se refiere las Reglas de Supervisión.

Tratándose del RECO, la documentación que se ingrese de las 9:00 a las 18:00 horas, se tendrá por recibida el mismo día hábil y la ingresada entre las 18:00:01 horas y las 8:59:59 del día hábil inmediato siguiente, se tendrá por recibida a las 9:00 horas de dicho día hábil.

Notificaciones: El Banco de México comunicará a través del MAE o del RECO las respuestas, resoluciones, oficios de imputación de incumplimientos, requerimientos de información y actos e informará de ello a la entidad respectiva mediante mensaje enviado a alguno de los correos electrónicos señalados al efecto por esta.

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Fátima Osorio
Legal Editor en Thomson Reuters México | + posts