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Condusef da a conocer nuevo estado de cuenta universal

A través de su página web, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), dio a conocer al público en general el nuevo estado de cuenta universal de tarjetas de crédito que las instituciones bancarias deben emitir a sus usuarios.

Antecedentes

El 29 de diciembre del 2022 se publicó en el DOF el “Acuerdo por el que se da a conocer a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas, el formato de estado de cuenta estandarizado de tarjeta de crédito para personas físicas, así como su guía de llenado”, con el objetivo de:

  • Tener una estructura uniforme.
  • Facilitar su comprensión para los usuarios de tarjetas de crédito.
  • Permitir su comparación con otras tarjetas de crédito.

A quién va dirigido

A todas las tarjetas de crédito emitidas por instituciones financieras a personas físicas. No aplica a tarjetas de débito ni a otros productos financieros.

Información que debe incluir el estado de cuenta universal

  • Información general:
    • Nombre de la institución financiera
    • Número de tarjeta de crédito
    • Nombre del titular de la tarjeta
    • Fecha de corte
    • Fecha límite de pago
    • Saldo actual
    • Pago mínimo requerido
    • Límite de crédito disponible
  • Movimientos y operaciones:
    • Descripción de cada transacción
    • Fecha de la transacción
    • Importe de la transacción
    • Tipo de transacción (compra, pago, retiro de efectivo, etc.)
    • Categoría de la transacción (alimentos, transporte, etc.)
  • Otros datos:
    • Resumen de cargos y abonos del periodo
    • Cargos no reconocidos
    • Intereses y comisiones generados
    • Información de contacto de la institución financiera
    • Glosario de términos y abreviaturas
    • Publicidad (solo en secciones de uso libre o al final del estado de cuenta)
    • Notas aclaratorias

Formato

  • La información debe presentarse en orden claro y lógico, siguiendo el formato anexo a la guía.
  • Se debe utilizar una tipografía legible (Arial 8 puntos como mínimo).
  • Los estados de cuenta deben estar escritos en español.
  • Las fechas deben seguir el formato DD-MMM-AAAA.
  • Los estados de cuenta se pueden entregar impresos en sucursales o enviados al domicilio del usuario. También se deben ofrecer en formato electrónico (PDF) a través de la banca en línea o móvil.

Disposiciones adicionales

  • Las instituciones financieras no pueden condicionar la entrega de la tarjeta de crédito con la contratación de otros servicios (banca electrónica, etc.).
  • La información del estado de cuenta debe ser congruente con lo pactado en el contrato de adhesión, en consecuencia, las instituciones bancarias no pueden eliminar, alterar o suprimir información de esta.
  • Se permite el uso de signos y señales para identificar, distinguir y autenticar los estados de cuenta, siempre que no afecten su legibilidad.

Finalmente, de acuerdo con la disposición en materia de registros ante la Condusef, las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple y entidades reguladas tienen como plazo hasta el 17 de octubre de 2024 para la implementación del nuevo estado de cuenta de tarjetas de crédito. Si desea conocer más sobre el tema, puede ingresar a: https://nuevoestadodecuentadetdc.condusef.gob.mx/pag1.php

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Fátima Osorio
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts